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FUNDAMENTOS


HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS: 

En virtud de la amenaza sanitaria internacional que significa la rápida propagación del Coronavirus (COVID-19) alrededor del mundo, el pasado 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud (OMS)  lo caracterizó como pandemia, ya que el brote afecta a regiones geográficas extensas, cruzando fronteras internacionales y desplazándose a lo largo de varios continentes. En su declaración instó a todos los países a estar preparados para la detección, aislamiento, manejo de casos, rastreo de contactos y prevención de la propagación de la infección.

El 12 de marzo, el Gobierno Nacional, en consonancia con lo dispuesto por la OMS, amplió la emergencia pública ( Ley 27.541) en materia sanitaria por el plazo de un año, a través del decreto260/20, facultando al Ministerio de Salud a adoptar y articular con las Provincias cualquier medida que resulte necesaria a fin de mitigar los efectos de la pandemia declarada por la OMS.

Mientras que el Gobernador de la Provincia de Mendoza, en el mismo tenor, a través del Decreto 359/2020 declaró la Emergencia Sanitaria y estableció un comité de vigilancia, para luego adoptar a través del Decreto 384/2020, las medidas tendientes a evitar la propagación de la enfermedad entre la población.

Mediante DNU 297/20, se establecen las actividades exceptuadas del aislamiento social y obligatorio y luego por Decisión Administrativa 524/2020, se agregan otras.

El mencionado Decreto exceptuó del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia; estableciéndose que los desplazamientos de las personas habilitadas deben limitarse al estricto cumplimiento de dichas actividades y servicios.

Por otra parte, el resto de la población, encuadrada dentro de las actividades no esenciales y dentro de los considerados grupos de riesgos, se vieron imposibilitadas de transitar libremente y desarollar su vida en forma habitual.

Como consecuencia de ello, se produce el cierre de toda oficina pública con modalidad de atención presencial al público, lo que dificulta la realización de cualquier tipo de trámite a la población en general.

Ahora bien, la Administración Nacional, como Organismo de la Seguridad Social, tiene particulares y específicas funciones en la gestión de políticas públicas tales como la administración de las prestaciones y los servicios nacionales de la Seguridad Social, entre las cuales se encuentran el otorgamiento y pago de jubilaciones y pensiones, el pago de asignaciones familiares, subsidios, asignaciones para protección social como la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, muchas de las cuales tienen, como titulares de tales derechos, a los grupos más vulnerables de la sociedad, sin perjuicio de resultar también el organismo interviniente en la implementación de medidas extraordinarias dispuestas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el marco de la Emergencia Pública declarada en los términos de la Ley 27.541.

A través de la Resolución N°90/20 la Administración Nacional, declaró al “Servicio de Atención Telefónica” mediante su Línea 130, como servicio esencial e indispensable para la comunidad en los términos del artículo 7° de la Resolución Secretaría de Gestión y Empleo Público N°3/20; en tanto que la Resolución N°94/20 fue implementado el Sistema de Atención Virtual con el objetivo de facilitar la realización de consultas y determinados trámites como así recibir asesoramiento.

Dado la actividad impresindible de este organismo, la Resolución N° 99/2020, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, en fecha 04/05/2020, expresa en su “ARTÍCULO 1°.- Declárase servicios críticos, esenciales e indispensables para el funcionamiento de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL los que se identifican en el Anexo(IF-2020-29717385-ANSES-DPAYT#ANSES) que forma parte integrante de la presente Resolución, los cuales se prestarán, conforme así se indica, de forma remota o presencial. ARTÍCULO 2°.- Para aquellas actividades en las cuales se requiera de manera extraordinaria la modalidad presencial, se establecerá un cronograma gradual y progresivo para su implementación, debiendo darse cumplimiento con todas las medidas preventivas y de cuidado establecidas para el COVID-19 por la normativa vigente.”

Ante esta decisión, ANSES informa en su página web, que ya cuenta con 24 oficinas que se encuentran atendiendo al público con un sistema de turnos programados. A partir del lunes 1° de junio se realizará la reapertura de 36 Unidades de Atención Integral (UDAI) que se sumarán a las que se encuentran funcionando, resultando un total de 60 delegaciones abiertas en todo el país.

Para la Provincia de Mendoza, quedan habilitadas a partir del 1° de Junio, las OFICINA DE LAS CATITAS (Emilio Civit 104), la OFICINA DE TUPUNGATO (Almirante Brown 190) y la UDAI SAN MARTÍN (Alem 383 esq. Sargento Cabral), sumadas a las anteriormente habilitadas UDAI MALARGÜE (Saturnino Torres 25 Este) y UDAI SAN RAFAEL (Av. Mitre 406).

Concejales del Bloque Frente Cambia Mendoza, del Honorable Concejo Deliberante de Tunuyán, en fecha 28/05/2020, presentaron un Proyecto de Resolución, solicitándose la inmediata apertura de la UDAI DE TUNUYÁN, dado que desde el comienzo de la cuarentena decretada y su consiguiente  aislamiento social preventivo y obligatorio por el Poder Ejecutivo nacional, hace ya más de 70 días, dejó sin atención presencial a los Departamentos de Tunuyán y San Carlos, es decir cerca de 90.000 habitantes están privados de poder acceder a los beneficios y tramites de la ANSES y 4500 jubilados y pensionados.

Además los concejales, afirman: “siendo que ANSES gestiona prestaciones y subsidios por desempleo, servicio provisional, el sistema de Asignación Universal por Hijo, las asignaciones familiares y, en el marco de la emergencia sanitaria, el Ingreso Familiar de Emergencia, resulta inaudito que sus oficinas estén cerradas y no tengan guardias mínimas donde el beneficiario pueda evacuar sus dudas” y que, si bien “se declaró únicamente actividad esencial e indispensable su atención telefónica, a través del 130 (…) la habilitación de ésta no garantiza que las familias vulnerables dispongan de servicio telefónico. En tal sentido, debe proveerse a los ciudadanos de medios de comunicación más eficaces, incluyendo la atención personalizada en la sede”.

Adhiriendo a los argumentos esgrimidos por los ediles tunuyaninos y destacando la importancia de la UDAI de Tunuyán, dado que concentra la atención de los habitantes tanto de Tunuyán como de San Carlos, es que invito a mis pares, me acompañen en la aprobación de esta declaración que permitirá la reapertura de dicho organismo estatal, para promover al cumplimiento de su misión: “Ejecutar las políticas adoptadas por el Estado Nacional en materia de seguridad social, asegurando que la población beneficiaria de las mismas obtenga las prestaciones y los servicios regulados por las normas vigentes.

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PROYECTO DE DECLARACIÓN

LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.

DECLARA:

Artículo 1°. Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación y de la Administración Nacional de la Seguridad Social- ANSES-, arbitre los medios necesarios a efectos de la REAPERTURA de la ANSES, UNIDAD DE ATENCIÓN INTEGRAL (UDAI) TUNUYAN, teniendo en consideración su importancia, dado que concentra la atención de los habitantes de los departamentos tanto de Tunuyán como de San Carlos.

Artículo 2°: Remítase la presente al Titular regional del área, Carlos Gallo, y a través suyo a la Sra. Fernanda Raverta Directora Ejecutiva de Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a fin de hacer efectivo el pedido.

Artículo 3°: Remítase copia de ésta Declaración y los fundamentos que le dieron origen, a los Municipios y Concejos Deliberantes de los departamentos de Tunuyán y San Carlos, con la finalidad de que evalúen la adopción de las medidas necesarias en caso de concretarse la reapertura.

Artículo 4°: De forma

Mendoza, 2 de Junio del 2020.

EMILIANO CAMPOS

Diputado Provincial

Nº de Expediente:

Fojas:

Fecha de presentación:

Nombre del proyecto: ec-d-reaperturaudaitunuyán

Tipo de proyecto: Declaración

Autor: Diputado Emiliano Campos

Coautores:

Bloque: Unión Cívica Radical

 

Tema: Reapertura de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Unidad de Atención Integral de Tunuyán.-