A más de 200 años de la primera sesión de la Legislatura de Mendoza

Hace casi 202 años, exactamente el 12 de julio de 1820, la Legislatura de Mendoza celebraba la primera sesión de la historia de la provincia, en la casa de Manuel Ignacio Molina. Se trataba de la Honorable Junta de Representantes, el antecedente a lo que hoy se conoce como Poder Legislativo.

La historia de la Legislatura mendocina se remonta a 1820, año en que se disgregó la antigua provincia de Cuyo, para dar paso a las provincias de San Juan, San Luis y Mendoza, cada una de ellas con gobiernos propios asentados en sus respectivas capitales.

El entonces gobernador de Mendoza, Tomás Godoy Cruz, convocó a la creación de una Junta de

Representantes. Fue el 11 de julio de 1820, cuando los principales vecinos de la ciudad eligieron una Junta Representativa del Pueblo Soberano, que tendría las funciones de asesorar y realizar recomendaciones en temas de vital importancia para la provincia.

Esta Junta estaba integrada por 5 miembros: Clemente Godoy (padre del gobernador), Bruno García, Manuel Ignacio Molina, Justo Correas e Ignacio Bombal, y desarrolló su primera sesión  el 12 de julio de 1820 en la casa de Molina.

Con el tiempo, la Honorable Junta de Representantes pasaría a ser Sala de Representantes y, finalmente, el Poder Legislativo de la Provincia.

Un poco de historia

Previo a 1854, Mendoza no promulgó Constitución o Reglamento Constitucional alguno. Sin embargo, este hecho no impidió que ante los nuevos sucesos históricos, surgieran nuevas instituciones como la legislativa, que tomó forma hacia 1820 y que fue incorporada luego en la Carta Magna de 1854.

En  julio de 1820, luego de la desintegración de la antigua provincia de Cuyo, Mendoza procedió a la elección de Gobernador. Este cargo fue asumido por el ex congresista de Tucumán, Tomás Godoy Cruz, quien el 11 de ese mes, propuso la creación de una Junta de cinco vecinos elegidos “a pluralidad de votos”, según consta en las Actas de la Legislatura de Mendoza de 1820, que se  encuentran en el Archivo Histórico de la provincia.

Se trataba de Clemente Godoy (padre del gobernador), Bruno García, Manuel Ignacio Molina, Justo Correas e Ignacio Bombal, todos ellos miembros destacados de la clase dirigente mendocina, que el 12 de julio de 1820 se reunieron por primera vez como Junta, dieron principio al Libro de Acuerdos, designaron autoridades y decidieron que la sala de sesiones estaría en la casa del Lic. Manuel Ignacio Molina.

Los primeros pasos

En sus primeros pasos, la Junta Representativa del Pueblo Soberano se ocupó principalmente de los temas que proponía el Ejecutivo, por ejemplo, una de las primeras medidas fue una modificación presupuestaria para equilibrar las cuentas públicas ante la escasez de fondos públicos. En su primera sesión, de hecho, ingresa un oficio del Ejecutivo en donde se propone una reforma y supresión de sueldos, que deriva luego en una reforma del presupuesto general.  También autorizó el casamiento de los primeros pobladores europeos, cuando hasta ese entonces una ley suprema los prohibía, y hasta interviene en una cuestión de jurisdicción judicial.

Incluso, ante la ausencia momentánea del entonces gobernador por causa de la invasión sanjuanina, la Junta acuerda nombrar provisoriamente a Francisco Fernández de la Cruz, quien ostentaría  "el mando político y militar” e “hiciera las veces de aquel". 

La cantidad de miembros de la Junta

En 1822, también por medio de un Cabildo Abierto, se aprobó el aumento del número de representantes a 9, así como la idea de rotación de los integrantes de la Junta Representativa. En efecto, este órgano se renovaría por terceras partes, cada 4 meses, y por esa única vez sería el Cabildo quien los eligiera. En adelante lo haría la Junta Electoral.

Así se designa a Vicente Zapata, Joaquín Sosa, José Villanueva y José Simeón Moyano, y a partir de allí, con la incorporación de nuevas figuras, comienza a abrirse el juego político de este cuerpo representativo que había nacido como una especie de comisión asesora.

En 1823, la Junta insistiría en la necesidad de ampliar la cantidad de integrantes debido a múltiples factores como el incremento de sus atribuciones. Se decide así, elevar el número de sus integrantes a 15. Tres años después, en 1826, se realiza un nuevo planteo de ampliación y se resuelve que “La Representación de la Provincia, se compondrá de veinte y cinco individuos", número que se mantendrá hasta 1832, en que disminuye a 21. Los hechos que motivaron esta última determinación, fueron los problemas derivados de las luchas civiles que se produjeron desde 1829 y que provocaron una fuerte división política e ideológica en la población.

En los años siguientes, producto de los acontecimientos políticos, las reacciones contra Rosas e invasiones a la Provincia, la Legislatura se vio obligada a delegar sus facultades en el Ejecutivo en repetidas oportunidades y vuelve a disminuir sus integrantes, en 1845, nuevamente a 15, pero por poco tiempo. En 1846, superadas algunas instancias, vuelve a estar compuesta por 21 integrantes y ya en 1852, por 25.

Art. 1º Queda restablecido el número de 25 RR. y 5 suplentes, en

lugar de 21, que designaba la Ley de 3 de diciembre de 1846.

Art. 2° El P.E. convocará a elección de los RR. que por la presente Ley

se han aumentado.

Ese número de diputados es el que quedaría plasmado en la Constitución Provincial de 1854, la primera que se dictó en la provincia.

A partir de allí se sucedieron una serie de reformas al texto constitucional, hasta 1916 en que fue sancionada la Carta que rige actualmente en Mendoza, más allá de las modificaciones por artículos que se fueron produciendo en el tiempo.

Legislatura unicameral

A lo largo de todo el proceso, se instituyó la legislatura unicameral con 25 diputados, priorizando a  quienes poseían bienes y cuya tarea fue gratuita hasta 1918. En un principio, el mandato era de dos años, luego pasó a tres y finalmente quedó en cuatro años pudiendo ser reelegibles.

El Senado, como cuerpo legislativo, fue establecido desde 1895. Se conformaba por elección directa con mandato de seis años que pasó luego a cuatro. Estaba conformado por un senador por Capital y uno por cada departamento hasta 1916, en que se estableció la proporción de la población por cada sección electoral.

También en 1895 se estableció constitucionalmente la figura del vicegobernador con la función eventual de reemplazar al gobernador y con la permanente de presidir el Senado provincial.

 

 

Fuente: NOTAS SOBRE LA CREACION Y EVOLUCION DE LA LEGISLATURA DE MENDOZA, 1820-1854 Jorge Comadrán Ruíz https://bdigital.uncu.edu.ar/objetos_digitales/15842/02-comadrn-ruiz-rhaya-n1718.pdf

 

 


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