Los comercios que expendan bebidas alcohólicas deberán tener alcoholímetros
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado Luis Petri (UCR) que establece que los comercios habilitados para el expendio de
bebidas alcohólicas para consumo personal deberán tener alcoholímetros a disposición de los consumidores, a fin de que puedan determinar el grado de alcohol en su sangre y su aptitud para conducir.
Los comercios habilitados como confiterías, restaurantes, hoteles, locales de diversión nocturna y bailables, bares, salones de fiestas, casinos, drugstore y/o similares están comprendidos en los alcances del presente proyecto de ley.
El servicio será voluntario para los consumidores y/o clientes debiendo garantizar el local la confidencialidad del resultado y reserva del procedimiento.
La utilización del alcoholímetro será gratuita pudiendo percibirse únicamente el costo del descartable utilizado para la obtención de la muestra.
Los alcoholímetros deberán garantizar la precisión en el resultado obtenido y el incumplimiento de la ley será pasible de multas de mil hasta cinco mil pesos, debiendo tenerse en cuanta la reincidencia al momento de la imposición de la sanción.