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Diputados aprobó iniciativa que da garantías al consumidor en el cambio de productos La Cámara de Diputados dio sanción inicial a un proyecto de ley de autoría del diputado Luis Petri (ConFe) que establece la incorporación de los artículos 13 bis y 22 bis a la Ley 5.547 que tienen por objeto la “defensa de los habitantes de la Provincia en las operaciones de consumo y uso de bienes y servicios”. El artículo a incorporar, el 13 bis, hace referencia a que “toda devolución y/o cambio de bienes que se realice en el marco de las relaciones de consumo en establecimientos ubicados en la Provincia (…) deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio o establecimiento atienda al público para ventas, debiéndose respetar el valor del producto al momento de la compra.” Por su parte, el artículo 22 bis establece que “toda empresa prestataria de servicios receptora de un pedido de rescisión del servicio en el ámbito de la Provincia deberá aceptarla en los mismos días y horarios de atención al público para ventas, cualquiera sea su modo de rescisión.” Asimismo, se expresa que “para la rescisión del servicio se deberán proporcionar y garantizar idénticas modalidades que para la contratación del mismo, a opción del consumidor”. Luis Petri manifestó que “el vendedor deberá respetar, a la hora de efectivizarse el cambio, los mismos días y horarios de atención del comercio”. Agregó que “es sabido que muchas veces en algunos negocios a la hora de realizar cambios hay restricciones en cuanto a los días y horarios y esto, sin lugar a dudas, perjudica al consumidor”.
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