Prorrogan por un año requisitos para tratamiento profesional del personal policial autopropuesto
La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley venido en revisión del Senado, por el cual se prorroga por un año el plazo previsto para el tratamiento profesional del personal policial autopropuesto.
Se trata de una modificación al artículo 6º de la Ley N° 7.481 – Disposiciones Remuneraciones Ley 6722 Personal Policial -, modificado por las Leyes Nos. 8282 y 8436.
Dicho artículo quedará redactado de la siguiente manera: “A partir del 1 de enero de 2.014, será requisito necesario para el tratamiento promocional, que el personal policial autopropuesto, acredite la siguiente capacitación mínima:
a) Oficiales Superiores y Oficiales Jefes: Licenciatura en Seguridad Pública o título equivalente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 44 del Decreto 2.920/99
b) Oficiales Subalternos: Tecnicatura en Seguridad Pública o título equivalente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 44 del Decreto 2.920/99
c) Personal Subalterno del Cuerpo de Comando, previsto por el derogado Decreto-Ley 4.747/83 y sus modificaciones: título secundario o su equivalente, conforme las normas de aplicación específica”.