Se trata de los Martilleros Públicos y Corredores de Comercio
Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Raúl Vicchi (UCR) por el cual se reforma un artículo del Estatuto de Martillero Público y Corredor de Comercio, relacionado con las incompatibilidades.
La modificación es sobre el artículo 6, que quedó redactado de la siguiente manera: “no podrán ejercer las funciones de Martillero Público o de Corredor de Comercio: a) los demás profesionales que estuvieren en el ejercicio de su respectiva profesión; b) los empleados de la administración de justicia nacional o provincial; c) los que desempeñaren funciones en la administración pública nacional, provincial, municipal o bancarios en todos los casos en que estén representados los intereses de la entidad de que forman parte, dependen o por virtud de cuyos poderes actúan. Exceptúese al personal de entidades bancarias o de los estados nacional, provincial y municipal que está destinado o contratado exclusivamente para ejercer estas funciones; d) los directores, administradores o gerentes de sociedades anónimas a que se refiere el artículo 106 del Código de Comercio”.