Modifican régimen jubilatorio de la Administración Pública{mosimage} Diputados remitió al Senado en revisión un proyecto de ley por el cual se modifica el artículo 30º de la ley 6921, régimen jubilatorio.De esta forma, aquellas personas que a la fecha de sanción de la presente ley gozan de beneficios jubilatorios acordados y se encuentran prestando servicios en el ámbito de la Administración Pública provincial centralizada, descentralizada, entes autárquicos y/o cualquier otra repartición perteneciente a la Administración Pública, cesarán en sus funciones. Asimismo, en adelante, ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios podrá desempeñar actividades o cargos rentados en el ámbito descripto.