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Modifican ley de Responsabilidad Social Empresaria La Cámara de Diputados convirtió en ley una iniciativa venida en revisión del Senado por la cual se modifican varios artículos de la ley Nº 8488 de Responsabilidad Social Empresaria. En el artículo 2 se cambió el carácter obligatorio de la aplicación de la ley, para ser voluntaria, a los efectos de contribuir al cumplimiento del objeto de la misma. Las modificaciones en el artículo 4 expresan que “se entiende por Balance Social y Ambiental, al Instrumento para informar, medir y evaluar en forma clara, precisa, metódica, sistemática y principalmente cuantificada el resultado de la política social y ambiental de la organización. En este documento se recogen los resultados cuantitativos y cualitativos del ejercicio de la responsabilidad socio-ambiental, valorando en forma objetiva las condiciones de equidad y sustentabilidad social, ambiental, económica y financiera que asumen las empresas en su comportamiento”. Con respecto al término balance se concibe “en el más amplio sentido, de modo que independientemente de la denominación que se utilice, este instrumento cumpla con los requisitos. De modo que puede denominarse reporte, memoria u otro término que se utilice de acuerdo a las características definidas anteriormente”.
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