Profesionales convocados por el Ministerio de Salud prestarán servicios como contratados por dos años
La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de Ley por el que se establece que los residentes que hayan cumplido el ciclo de “formación-prestacional”, en caso de ser convocados por el Ministerio de Salud en forma
fehaciente dentro del plazo de un año posterior a su aprobación, deberán prestar servicios en carácter de contratado por un periodo máximo de dos años, en aquella dependencia que el Ministerio determine. La iniciativa fue impulsada por los diputados Luis Francisco y Claudio Díaz, ambos del Partido Justicialista.
Establece la norma que mientras se encuentre en vigencia el plazo de contratación y/o prestación de servicio contemplado, se le entregará al residente un certificado provisorio a los fines del ejercicio de la profesión. Concluido el mismo, se le otorgará el correspondiente certificado final establecido en la ley nº 7857 (normalización de funcionamiento sistema residencias Ministerio Salud, Desarrollo Humano Familia y Comunidad, Administración Pública Provincial).
La remuneración de los residentes en dicho periodo, será la establecida por la reglamentación de la presente ley, con intervención conjunta del Ministerio de Hacienda y Presupuesto y el Ministerio de Salud.