Displaying items by tag: 561

Modificación del Código Fiscal La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Mónica Zalazar (PJ), por el cual se modifica el artículo 299, inciso b) del Código Fiscal. Establece en ese sentido, que el pago de la tasa de justicia deberá efectuarse en las siguientes oportunidades: a)- En los casos previstos en los incisos a) y e) del artículo 298, la totalidad de la tasa en el acto de iniciación de la acción o formularse la petición; b) En los casos previstos en los incisos b) y c) del artículo 298, dentro de los 30 días hábiles siguientes de quedar firme la resolución respectiva, la aprobatoria de la división o adjudicación de los bienes, o previo al cumplimiento de la resolución si este fuere anterior. Ello es, aplicable también a los casos comprendidos en los incisos a) y d) del artículo 305 y cualquier otro en que el tributo sea exigible con posterioridad al de la iniciación de la acción o formularse la petición que no haya sido ya previsto en este artículo. En caso de denegación, caducidad de instancia o desistimiento del beneficio de litigar sin gastos previsto en los artículos 96 y 97 del Código Procesal Civil de Mendoza, la tasa de justicia correspondiente al juicio principal será enteramente exigible. Para su determinación se tendrá en cuenta el monto reclamado y la fecha de la presentación de la demanda.
Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704