LEY DE AVALUO

Diputados dio media sanción a la Ley de Avalúo de Mendoza
{mosimage} Diputados dio media sanción al proyecto de Ley de Avalúo 2009 enviado por el Poder Ejecutivo. Todos los bloques legislativos expresaron apoyo en general y particular, no obstante también se expresaron en el sentido de continuar mejorando esta herramienta legislativa para lograr mayor recaudación por parte del Estado.
Esta ley consta de 44 artículos y en el primero de ello se expresa que se trata del avalúo fiscal correspondiente a cada bien inmueble como resultante del valor del terreno y de las mejoras. En el segundo artículo se consigna que se establece la definición de los parámetros y de la metodología aplicable para la determinación del avalúo fiscal de los inmuebles situados en el área urbana, suburbana, rural y/o de secado de la Provincia.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, Juan Antonio Gantus (PJ) fue en la ocasión el miembro informante. Señaló que esta ley es uno de los pilares de la recaudación para ser destinado al Presupuesto provincial. Su elaboración se ha basado en un concepto de estabilidad fiscal similar al 2008, mantener la recaudación, luchar contra la evasión y proponer a través de créditos fiscales la generación de empleo y equidad, como consecuencia de premiar con quitas el cumplimiento de los contribuyentes.
Agregó que se intenta sostener el valor único de la tierra con sentido de equidad. Esto está reflejado en el artículo 4° donde se expresa que "cuando dos o mas manzanas contengan mas de un valor, será Catastro la que asignará a cada una de las parcelas el valor unitario a cada una de ellas, según características intrínsecas". Se incluye también esta situación en los casos de barrios con características especiales.
También se han unificado los criterios, mediante formularios de categorización,  en la clasificación edilicia por categoría o puntaje. Otra novedad se presenta en el artículo 6°: "el valor unitario de las mejoras edilicias urbanas se determinará a partir de A) el valor de la vivienda tipo de categoría 3° o 75 puntos, será de $252/m2, para aquellas propiedades que en el ejercicio fiscal 2008 tuvieron un avalúo fiscal igual o superior a los $300.000 y para las unidades de propiedad horizontal, cuya categoría constructiva será la primera y las de segunda categoría que posean una superficie cubierta que posean una superficie cubierta propia igual o superior a los 150 m2 cubiertos. B) Para el resto de las parcelas, el valor unitario de las mejoras edilicias será de $210/m2. El valor unitario de la construcción de las propiedades que no sean categoría 3° o 75 puntos, estarán diferenciadas por la aplicación del coeficiente relativo de la construcción contenido en los anexos de la presente ley.
También, según lo expuesto por Gantus en el  resto del articulado se ha logrado también ordenar las pautas en forma más clara en la mecánica de valoración; la transferencia de inmuebles; la consideración de parcelas especiales, entre otras.
Destacó asimismo que serán eximidas el impuestos aquellas parcelas que no superen los $60, considerando que serán beneficiadas 96 mil propiedades.
Se han salvado también los errores cometidos en el Ejercicio anterior respecto de barrios privados. Se pone en vigencia, además, el mecanismo autodeclaración.
Por el Consenso Federal, Alexander Maza expresó el apoyo a la ley. No obstante dijo que varios puntos "deberían ser más equitativos" y valoró el blanqueo efectuado en el caso de barrios de acceso restringido. Consideró que siempre de deberá "seguir equilibrando las diferencias sociales".
Por el Partido Demócrata, Antonio Spezia manifestó que el bloque acompañaba la aprobación y puntualizó algunos aspectos que pueden seguir mejorando para dar más transparencia y equidad en los cálculos. Por el mismo bloque Roberto Pradines objetó que se continúa trabajando sin una sustentación de carácter técnico y científico para la valuación de las propiedades. Señaló que la Legislatura ofrece las herramientas necesarias para lograr medios económicos que permitan mejorar la Dirección de Catastro con la tecnología moderna y necesaria para volcar a una base de datos cierta y actualizada.
Por el Peronismo en la Concertación, Darío Casado destacó lo efectuado para la recategorización de los barrios privados e hizo hincapié en el desarrollo privado de la construcción y la falta de un control efectivo del Estado para mejorar la recaudación.
Roberto Blanco, por la Concertación Plural, expresó que no obstante haberse solucionado algunos problemas todavía quedan temas pendientes. Señaló que Mendoza tiene un grave problema para la identificación parcelaria; tiene un relevamiento de las zonas rurales que data de 1962 y en la parte urbana de 2001. Sobre esos bancos de datos se trabaja el impuesto inmobiliarios, como así también consideró que en Mendoza cerca de un millón de m2  por año no son declarados debidamente. Reiteró la necesidad de una ley de Catastro acorde a los tiempos.
Néstor Piedrafita (ARI) consideró que si bien para el contribuyente es beneficioso un impuesto sin actualización, el Estado no tiene en cuenta el proceso inflacionario que perjudica a la Provincia.
Por la Unión Cívica Radical, Daniel Vilches expresó su apoyo se refirió a logros alcanzados en esta ley en cuanto al cálculo del valor unitario de la tierra urbana; criterio más uniforme para barrios privados y la recuperación del mecanismo de autodeclaración, entre otros aspectos. También se pronunció por la sanción de una ley orgánica de Catastro, con metodología científica. Del mismo sector político, Liliana Vietti expresó su preocupación ante posibles errores en los cálculos que signifiquen distorsiones entre propiedades similares.
Ricardo Puga (Proyecto Independiente Mendoza) objetó las fórmulas que se expresan en los anexos de la ley porque impiden la lectura por parte de los contribuyentes. Añadió que para el futuro se debería tener en cuenta la renta potencial de la tierra.


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