LEY IMPOSITIVA - 1-2 SANCION

Diputados dio media sanción a la ley impositiva
{mosimage} La Cámara de Diputados dio sanción inicial – a las 2 de la madrugada - al proyecto de ley, presentado por el Poder Ejecutivo, de Impositiva para el ejercicio 2009.
La norma, no establece nuevos impuestos y estima una recaudación para el próximo año de $1.848 millones, aproximadamente un 17% más que en 2008; distribuidos en:

- Impuesto sobre ingresos brutos: $1.318 millones (71,32% de los recursos propios)
- Impuesto inmobiliario: $161 millones (8,71 % de los recursos propios)
- Impuesto a los automotores: $170 millones (9,20 % de los recursos propios)
- Sellos y Tasas Retributivas: $ 189 millones (10,23 % de los recursos propios)
- Otros tributos: $ 10 millones (0,54 %de los recursos propios)
La nueva ley impositiva, adecua los mínimos anuales en Ingresos Brutos de acuerdo a los niveles de recaudación observados por actividad económica. En cuanto a las Tasas Retributivas, se realizan incrementos en algunos casos por retraso y en otros por aumento en los costos.
Permanece para el ejercicio 2009, el premio al contribuyente cumplidor y los mecanismos de lucha contra la evasión fiscal.
Uno de los aspectos novedosos de la ley impositiva, radica en los mecanismos disponibles para facilitar el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y brindar garantía de recaudación al Estado. Se trata de sistemas como el impuesto prefacturado en ingresos brutos, el débito en cuenta, pago con tarjetas de crédito, emisión vía Internet de boletos, entre otros.
 
Impuesto Inmobiliario:
Este impuesto grava aproximadamente 500 mil parcelas. Es un impuesto coparticipable con los municipios en un 14%. Tiene una participación en el presupuesto 2009 de $161 millones.
Se establece un incremento del valor fijo, que de $30 se eleva a $50.
Se incorpora a las Obras Sociales en el beneficio del 50% del impuesto que grava sus inmuebles. Por otra parte se eleva el ingreso de jubilados y pensionados a $1700, para acceder a la eximición total.
Se incorporó la eximición de este impuesto para la industria del sofware, respecto a los inmuebles afectados.
 
Impuesto a los Ingresos Brutos
Grava las actividades económicas y el de mayor participación entre los recursos provinciales con un estimado de $1.318 millones.
Para el 2009 no se han modificado las alícuotas, con excepción del agua mineral que de 1,5 % se equiparó con la general del 3%.
En general se adecuaron los mínimos anuales a los importes devengados según el crecimiento observado en las actividades de comercio, servicios, transporte, taxis, remises y juego.
En lo referente a exenciones, se han incluido a los operadores del servicio de agua corriente en zonas rurales, televisión por cable y la comercialización de gas envasado hasta 45 Kg.
Además, se incluye a las cooperativas de trabajo constituidas por beneficiarios de los ex programas Jefas y Jefes de Hogar cuando éstas ejecuten trabajos en los CICs o programas de emergencia habitacional o de cualquier otro tipo.
Se mantienen las exenciones del 50% a los titulares de taxis y remises que incorporen sistema GPS a sus unidades; 100% para la industria del software.
Para aquellas actividades que demuestren aumento en sus plantas de personal, gozarán de un crédito fiscal determinado, correspondiente al total de contribuciones patronales al sistema de seguridad social, obra social y ART; que podrá aplicarse a la cancelación del 50% del impuesto a los ingresos brutos y el 50% de inmobiliario y automotores, por los bienes afectados.
Para los nuevos emprendimientos se establece un crédito fiscal equivalente al 30% de la inversión, con el que podrá cancelarse el 30% de ingresos brutos, 80% de automotores e inmobiliario por los bienes afectados y 100% de sellos.
 
Impuesto de Sellos
No existen diferencias respecto de la ley impositiva 2008, excepto el caso de contratos de alquiler que serán gravados con la tasa del 0,5% hasta los $2500.
Estarán exentos los créditos personales de hasta los $20 mil, y las operatorias vinculadas a viviendas que se eleva de $100 mil a $150 mil como límite inferior para gozar de la exención.
Se mantienen las exenciones  sobre las actividades de la industria del software.
 
Impuesto a los Automotores
No presenta diferencias con la ley 2008. Este impuesto patrimonial tiene un fuerte impacto en los recursos provinciales, con $170 millones – de los cuales el 70% se coparticipa con los municipios-
En este  proyecto, se eliminó el beneficio del 50% del impuesto para los inscriptos en ingresos brutos que afectaran rodados a su actividad.
Este impuesto podrá ser cancelado con créditos fiscales, en los porcentajes establecidos para las empresas que incrementen planta de personal y nuevos emprendimientos productivos.

Impuesto a la venta de billetes de lotería, rifas, juego de quiniela, lotería combinada y similar
No existen diferencias respecto a la ley impositiva 2008, salvo en lo referente al último ítem donde se ha reducido la alícuota al 5% (anteriormente era del 10%) para aquellos cuyo ámbito sea Mendoza, y del 8% (anteriormente del 15%) para aquellos cuyo ámbito sea en varias provincias.
 
Tasas Retributivas
Algunas tasas presentan importantes incrementos como en Seguridad, Ganadería, Minería, Catastro y Vías y Medios.
En cuanto al ítem casinos, se establece una tasa del 3% mensual sobre el monto bruto imponible por las mesas de juego y tragamonedas de acuerdo a la ley 5775 (Ley de hoteles con casino)
Respecto del 2008 se han incorporado nuevas tasas en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente, Dirección de Saneamiento y Control Ambiental y en la Dirección de Servicios Turísticos, y la Secretaría de Deportes.
Se exime del pago de guías a los movimientos de ganado menor dentro del territorio provincial.
Se  establece tasa cero para leches enteras en estado líquido o en polvo de consumo masivo, y del 0,02 para el resto de los lácteos y 0,09 para el resto de los productos de origen animal.
En cuanto a los productos de origen cárnico se pasa de una tasa de $ 0,08 a $0, 15. 
Además se incorpora una modificación a la ley 6959 por el que se autoriza a la Dirección de Ganadería a efectuar controles sobre lácteos que ingresen a la provincia.
En cuanto a la tasa de Minería se establece un aumento del 20% en todos los ítems que contempla el artículo 38 por ejemplo minas vacantes, sin perjuicio del canon adeudado, inscripción de canteras, inscripción de sociedades, presentación informe de impacto ambiental e informe de impacto ambiental para perforación, entre otros.
El artículo relacionado a los servicios de la Policía Vial, el otorgamiento de las licencias de conducir y habilitación profesional de establece un canon de $70. El mismo monto se fija para la renovación de las licencias.


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