ESTATALES

Inasistencia por enfermedad no afectará presentismo de estatales
{mosimage} Diputados dio media sanción a un proyecto de ley por el cual se establece que no se considerarán inasistencias que afecten el derecho a percibir el suplemento por presentismo, las ausencias de los agentes de la Administración Pública motivadas por enfermedad del mismo o cuidado de familiar enfermo en primer grado, ascendientes, descendientes y cónyuge. A tal fin el agente deberá justificar el hecho mediante certificado médico correspondiente a los efectos de su acreditación y evaluación por parte del órgano de contralor de ausentismo.

La iniciativa corresponde a los diputados justicialistas Silvia Cardozo y Carlos Bianchinelli y pasó para su tratamiento al Senado.
En el instrumento legal se agrega en el artículo 2º a que "en los casos de enfermedad de familiar en primer grado, ascendientes, descendiente y coónyug, el cobro del suplemento por presentismo estará sujeto a las limitaciones que establezca la reglamentación de la presente ley".
El Ejecutivo tomará los recaudos que considere a los fines del control sobre los agentes que declaren la ausencia a sus lugares de trabajo por padecer enfermedad o tener obligatoriamente que cuidar enfermes según lo establecido en el artículo 2º de la presente ley.
A los fines de lo establecido en el artículo 1º, el Ejecutivo adoptará las medidas administrativas necesarias que no generen el descuento del suplemento por presentismo en los casos previstos en esta ley.
Finalmente, se invita a los Municipios a adherir a la presente ley.


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