DEUDAS HIPOTECARIAS

Sanción definitiva para la Regularización de las deudas hipotecarias
{mosimage} Obtuvo sanción definitiva de Diputados, tras su paso por el Senado, el proyecto de ley que impulsara Mireya Díaz (PJ) tendiente a regularizar las deudas hipotecarias de adjudicatarios en el ámbito provincial.
En esta  norma, enviada a su promulgación por parte del Poder Ejecutivo, están comprendidos los deudores hipotecarios inscriptos hasta el 15 de noviembre de 2005 en el registro de deudores hipotecarios elaborado por el Poder Ejecutivo en conjunto  con el Movimiento de Defensa de la Vivienda

Familiar (MODEVIFA) y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios  creada por el decreto 689/05;  los deudores de los ex bancos de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se hallen en poder  de Seguro de Depósito S.A. y los que se incorporen al registro  a través de la ampliación  dispuesta por esta nueva ley.
Mediante esta pieza legal se suspende todo trámite de ejecución de sentencias que recaigan sobre las deudas hipotecarias de los titulares inscriptos en el registro, por el término de l80 días  a partir de la fecha de promulgación  de esta ley, plazo que el Poder Ejecutivo  podrá prorrogar por única vez e igual duración.
Asimismo, el Poder Ejecutivo  actuará en conjunto  con el MODEVIFA y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios para incorporar al registro a titulares de las deudas hipotecarias que hayan caído en mora entre el 16 de noviembre de 2005  y el 31 de diciembre del 2006; a tales efectos habilitará por treinta días hábiles la inscripción en el registro.
Para ser beneficiarios de la regularización, los deudores hipotecarios que se hayan inscripto y los que se incorporen al registro deberán cumplir, además de la inscripción, los siguientes requisitos:
-la deuda original no debe exceder los $100.000;
-haber hecho pago efectivo de al menos dos años de su deuda;
-no poseer otra vivienda a su nombre.
Igualmente, para establecer los saldos adeudados por cada deudor, el IPV hará el recálculo de las deudas hipotecarias  mediante la aplicación de lo establecido por la ley provincial 7684, en el plazo de 180 días contados a partir  de la promulgación de la ley, tomando como base los datos obrantes en el registro.


Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704