DEROGACION ART. 80

Derogan el artículo 80 del Código de Faltas de la Provincia

Diputados convirtió en ley una iniciativa por la cual se deroga el artículo 80 del Código de Faltas de la Provincia.
Dicho Código, en su título V acerca de las "faltas contra la fe pública", en cuanto a la "simulación de sexo" especifica en el artículo mencionado que "el que en la vida diaria se vistiere y se hiciere pasar como persona de sexo contrario, será castigado con arresto hasta 15 días o con multa hasta 1500 pesos".
La iniciativa de derogar tal artículo surgió del Senado y, en la Cámara Baja, se acumuló otra en el mismo sentido presentada por Luis Petri (UCR).
La derogación contó con el voto favorable de la mayoría de los diputados con excepción del bloque demócrata, que manifestó su intención de una reforma integral del Código de Faltas, y de Raúl Vicchi que solicitaba la derogación de otros artículos


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