CONTROL OBLIGATORIO

Control obligatorio en embarazadas de infección de graves consecuencias

Diputados dio media sanción a un proyecto de ley del demócrata Diego Arenas por el cual la Provincia adhiere a lo dispuesto por la ley nacional 26369, a la incorporación con carácter obligatorio como práctica rutinaria y de control y prevención la realización del examen de detección de infección por Estreptococo Grupo “B” Agalactiae a todas las embarazadas con edad de gestacional entre las semanas 35 y 37. Será el órgano de aplicación y reglamentación el Ministerio de Salud de la Provincia.

En los fundamentos se manifestó que la infección mencionada es una de las causas infecciosas más frecuentes de mortalidad en este período de vida, ocasionando además de morbilidad grave y, con frecuencia, secuelas neurológicas de por vida; ello además del grave costo social y económico que significa.
Se agregó que las infecciones por Estreptococo B son tan comunes como otras enfermedades por las cuales las mujeres embarazas son sometidas a pruebas de detección, tales como el síndrome de Down, rubéola y espina bífida.
Se trata de una bacteria encapsulada cuya virulencia se atribuye a una toxina polisacárida y se caracteriza por presentar una alta concentración inhibitoria mínima a la penicilina. Posee una resistencia moderada a la penicilina y alta a la gentamicina y tetraciclina.
En la mayoría de los casos la pesquisa (estudio realizado sobre una paciente presuntamente sana), queda librada a la buena voluntad y compromiso del profesional que se trate por cuanto no existe norma al respecto.
Seguidamente, el diputado Arenas, desde el punto de vista científico, detalló entre los fundamentos partes de resúmenes de trabajos realizados por distintos grupo de profesionales en distintos ámbitos internacionales.

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