JORNADAS SOBRE VIOLENCIA LABORAL

{mosimage} Primeras Jornadas de Violencia Laboral en Mendoza

Se realizaron en la Legislatura y se debatieron temas como el “Mobbing” y los distintos tipos de acoso que se producen en los ámbitos laborales.

La violencia laboral es descripta como toda acción que manifiesta abuso de poder, ejercida en el ámbito laboral por el empleador o personal jerárquico, hacia un trabajador, atentando contra su integridad física, sexual, psicológica o social.
La forma en que se ejerce ese poder, es a través de la intimidación, el mal trato, la persecución, hostilidad reiterada, menosprecio, insultos, bromas sarcásticas reiteradas, discriminación negativa, desvalorización de la tarea realizada, imposición, acoso, acoso sexual, inequidad salarial, traslados compulsivos, entre otros.

En la Argentina hay varios proyectos que se están analizando, pero no existe una legislación nacional que controle y castigue ese tipo de conductas. Mendoza no escapa a esa realidad, por lo que organizadas por la Cámara de Diputados, se llevaron a cabo las Primeras Jornadas de Violencia Laboral en Mendoza, con el objeto de “impulsar una legislación que proteja la dignidad laboral de los mendocinos”.
La iniciativa pertenece a la diputada Rosa Lira Alvarez, y fue acompañada por sus pares Nidia Martín y Yolanda Sfreddo. El panel de expositores se completó con la presencia de Zunilda Valenciano, dirigente gremial del Consejo Nacional de UPCN, el Dr. Carlos Trad Fager, de la Asociación Argentina de Evaluadores de Salud, y Guillermo Pereyra, titular del Centro de Empleados de Comercio.

Conductas violentas. Según indicó la diputada Rosa Lira Alvarez (PJ), la violencia laboral genera sometimiento, haciendo aparecer como normales conductas que en realidad no lo son.
Este fenómeno provoca desde el punto de vista humanitario la devastación subjetiva de miles y miles de trabajadores y trabajadoras. Conculca el derecho al trabajo, a la salud y a la seguridad; implicando una práctica violatoria de la dignidad humana que provoca consecuencias sumamente perjudiciales sobre la integridad psíquica y física, la confianza, la autoestima, y sobre el rendimiento de las personas que lo padecen.
Son verificables efectos tales como: desgano generalizado, distimia, somatizaciones diversas (desde dolores de cabeza hasta hemiplejias), episodios de depresión aguda o incluso crónica, con emergencia de conductas suicidas. También repercute en la posibilidad de establecer y sostener lazos sociales sanos y enriquecedores, no sólo en el lugar de trabajo sino en su núcleo primario. Este doble movimiento de desenganche social y sufrimiento singular hace que la persona viva en soledad y silenciosamente esta situación de violencia naturalizada, culpabilizándose por su estado.
Estudios recientes han demostrado que el fenómeno de la violencia laboral no se restringe a manifestaciones de agresión física de jefes o terceros vinculados hacia sus subalternos o compañeros. La misma incluye una cantidad y una variedad de conductas que la práctica corriente ha naturalizado como parte de las condiciones de trabajo. Así, por ejemplo, prácticas como discriminar por cuestiones de género, opción política, origen étnico o desempeño laboral genera un tipo de violencia invisible que termina desmoronando la salud psicofísica de aquellos que, dependiendo del trabajo y el salario que representa, a veces no tienen otra opción que soportar ese tipo de conductas con el miedo permanente de perder su sustento.
Por su parte, la diputada Nidia Martini (PJ), indicó que el trabajar en la protección de los derechos de los trabajadores y en la prevención de la salud mental de los mismos, es un desafío importantísimo que redundará en beneficios para el capital social, que en definitiva, es el recurso humano.
En ese sentido, explicó las características de la violencia laboral y los objetivos que persigue quien la ejerce, así como también describió a quien resulta “violentado”.

Características de la violencia laboral. Tal como explicó la diputada Martini, la violencia laboral está relacionada con la persistencia, las conductas constantes y reiteradas. En salud mental, cuando se habla de violencia laboral en forma reiterada, se habla de un periodo de seis meses como mínimo.
El objetivo que persigue quien ejerce ese tipo de violencia, es adoctrinar, quebrar psicológicamente al trabajador, humillarlo, desvalorizarlo, hasta lograr que el trabajador  renuncie. Este tipo de violencia, también está relacionada al acoso moral, es decir, a la controversia entre lo “que está bien y lo que no”.
Asimismo, la legisladora explicó que esto se produce en países como el nuestro, con altos índices de desempleo, con un alto nivel de competitividad entre los trabajadores y una ausencia de controles por parte de los organismos del Estado.
Dentro de la administración pública, lo sectores de la sanidad y la educación son quienes más sufren este tipo de conductas, mientras que también se mencionaron los medios de comunicación y la actividad comercial en general, sobre todo, las relacionadas con los supermercados y los call center. “Se trata de organizaciones burocráticas que protegen a aquellos que ejercen la violencia, en forma corporativa”.
En cuanto al perfil de quien recibe la agresión, por lo general se trata de personas inteligentes, éticas, populares, que tienen la característica de persistir, aguantar los abusos, por su dependencia afectiva. Por lo general, son trabajadores que se destacan en su trabajo, dijo la diputada. Del otro lado, el abusador, se caracteriza por adoptar una actitud seductora y afable al principio, para luego mostrar rasgos de inseguridad, paranoides, de autoritarismo, intolerancia, que buscan la complicidad de otros.
Por su parte, la diputada Yolanda Sfreddo, hizo hincapié en la necesidad de trabajar sobre el germen de violencia psíquica “que se vive en las escuelas”, diferenciando la violencia escolar propiamente dicha, de la laboral.
Además, catalogó a quienes ejercen la violencia laboral como “violadores psíquicos  y morales, ya que intimidan, condenan y basan sus acciones en los antivalores: el autoritarismo y la intolerancia”.

Abuso de poder. Desde UPCN, Zunilda Valenciano señaló que muchas veces el abuso de poder ejercido por quien promueve la violencia laboral termina provocando sentimientos de culpa en el trabajador / víctima.  Y si a ello se le suman las pautas sociales que confunden el autoritarismo con el respeto, se terminan afectando los derechos humanos de los trabajadores, en nombre de “la autoridad”.
Según estudios realizados en el país, el tema de la violencia laboral comenzó a escucharse en los 80, con el acoso sexual. Una de las formas en que muchas veces se hace efectiva la violencia laboral o “psico – terror laboral”.
Como en esos casos, la víctima no denuncia. Cuenta pero no formaliza la denuncia por miedo al descrédito social – “si te vestís de esa manera, es porque querés provocar” -.
Así, esa violencia se traslada en determinadas situaciones a la vida del hogar, donde el violentado encuentra el espacio justo para demostrar que “tiene una cuota de poder”. Y empieza una especie de “círculo vicioso”, donde el violentado se transforma asimismo en violento, en el seno familiar.

La violencia laboral genera gastos invaluables. Desde el punto de vista del Dr. Carlos Trad Fager, de la Asociación Argentina de Evaluadores de Salud, el acoso se está transformando en algo común, generando un enorme gasto que “aún no ha sido valuado”.
Estas “micro – ofensas, son cada vez más comunes, porque estamos insertos en un mundo violento”, dijo el experto.
En Suecia, en un estudio realizado sobre 3.400 casos, se determinó que el 3,5% de la población sufre algún tipo de acoso. Si se habla de una población de 4 millones y medio de habitantes, el índice es alto. Además, se reflejó que existían 120 mil casos nuevos por día, que uno de cada 4 trabajadores siente que está sometido a mobbing, y que lo sufren por igual hombres y mujeres de distintas edades.
También se determinó que el “agresor” siempre es uno, que busca la complicidad de 2 a 4 personas del mismo ambiente laboral.
Para el Doctor Trad Fager, el acosador no es un enfermo, sino que “tiene vocación de acosador”, y para frenar al acosador, es necesaria la solidaridad de los compañeros de trabajo.
Por su parte, Guillermo Pereyra, del CEC, explicó que el 80% de los trabajadores de supermercados están bajo tratamiento psicológico por los efectos del Mobbing, y que se están presentando casos de trabajadores de call center, que por no cumplir con las expectativas de venta diaria, están siendo sometidos a violencia laboral.
En ese sentido, insistió en que la falta de legislación hace que no se cumpla con el respeto por los derechos humanos de los trabajadores, no se “cumple con la ley de riesgos de trabajo, de seguridad e higiene laboral, no se cumple con los convenios colectivos de trabajo, y todo ello se traslada a la familia”.
Si embargo, tanto la delegada de UPCN como el Dr. Trad Fager, aseguran que el mobbing sólo se da en el ámbito laboral, porque en el resto de los ámbitos de la vida, provoca ruptura.

Proyecto de ley. El proyecto de ley que impulsa la diputada Rosa Lira Alvarez, tiene por objeto prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia laboral en el ámbito de la Administración Pública.
Comprende al personal de planta permanente, no permanente, becarios, pasantes y contratos de locación de obra o servicio, de cualquiera de los Poderes del Estado provincial o municipal, sus entes autárquicos y descentralizados.
A los efectos del proyecto, se entiende por violencia laboral toda acción u omisión de quienes, con motivo o en ocasión del ámbito o relación de empleo público, atenten contra la dignidad, integridad física, psicológica y/o social del agente o prestador de servicios, mediante acoso sexual, abusos, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, trato discriminatorio, maltrato físico, psicológico y/o social.

Protección del damnificado.  Se establece además, que ninguna persona que hubiese denunciado ser víctima de tales acciones, o que hubiese comparecido como testigo de las partes, denunciando, o de cualquier forma participando en una investigación o procedimiento relacionado con la violencia laboral, puede por ello ser objeto de exoneración, cesantía, postergación de ascensos, suspensión o cualquier forma de sanción o sufrir alteración en las condiciones de prestación de tareas cuando las mismas le ocasione algún perjuicio personal.
En cuanto a las sanciones, el proyecto establece que serán de aplicación a todos los casos previstos las sanciones establecidas en el Régimen Disciplinario del Estatuto del Empleado Público.


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