ASISTENCIA VICTIMAS

{mosimage} Servicio de Atención a Víctimas de Violencia Sexual

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Alberto Recabarren (PJ), por el cual se crea el Servicio Provincial de Atención a Víctimas de Violencia Sexual (SEPAVS) en Centros de Salud y Hospitales públicos de la provincia de Mendoza.
Estará dirigido a mujeres, varones, niñas y niños que hayan sido agredidos, mediando en esta circunstancia el abuso y la violación de la persona. Tendrá como objetivos, los siguientes:
- brindar atención integral y accesible a personas que sufren violencia sexual
- integrar un nuevo servicio a los ya existentes para la asistencia médica, psicológica, social y jurídica de personas que han sido objeto de violencia sexual

- disminuir la morbilidad de las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual
- garantizar a la población el acceso a la información y orientación de los servicios existentes,
- promover el respeto y el derecho a vivir una vida libre de violencia
- promover todas las acciones preventivas necesarias con el fin de informar a la población sobre el accionar del servicio.
Además, el SEPAVS brindará un espacio de atención y contención psicoterapéutica a quienes ingresen al servicio, y aportará a la estructuración de una Red de Servicios Provinciales Interdisciplinarios para una atención integral de las víctimas de violencia sexual, especialmente de niñas y mujeres.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la provincia, quien a su vez será el responsable de articular los distintos servicios de atención vinculados a la problemática de la violencia sexual.
Dicho Ministerio implementará la atención del SEPAVS a través de los Programas y Organismos existentes, tales como el programa provincial de SIDA, las Gerencias de Centros de Salud dependientes del Ministerio, la Dirección de Asistencia Sanitaria dependiente, el Programa Provincial de Salud Reproductiva, y el Instituto de Políticas Públicas para la Equidad entre hombres y mujeres.
Las víctimas de violencia sexual deberán ser tratadas con dignidad, privacidad, a la vez que deberán ser informadas de los servicios disponibles para atender las necesidades que haya generado el delito.
Asimismo, tendrá que recibir atención médica integral gratuita, recibir servicio gratuito de orientación y tratamiento psicológico e información y apoyo para el tratamiento de enfermedades de transmisión sexual y anticoncepción de emergencia.

Asistencia sanitaria de la víctima

La asistencia especializada en la emergencia tendrá como objeto central la atención médica integral de toda persona, especialmente de las mujeres y niñas que han sido violadas recientemente.
Este nivel de asistencia deberá intervenir, de preferencia, dentro de las 48 horas de ocurrido el acto, aclarando a la población general que mientras la consulta sea más pronta, el efecto de los tratamientos será más seguro.

Atención social a la víctima

Este segundo nivel de intervención tiene como propósito dar asistencia psicológica, social y jurídica a las víctimas que han recibido atención sanitaria en el primer nivel, y operará a partir de la coordinación Interorganizacional y la coordinación interjurisdiccional.
La finalidad de esta atención es resolver la crisis provocada por la situación de violencia sexual, proporcionar una rehabilitación e integración social de la víctima.


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