SALUD MENTAL

Buscan garantizar la atención de quienes la requieran

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley de la diputada Nidia Martini (PJ)justicialista Nidia Martini, por el cual se garantiza el derecho a la salud mental de todas las personas que se encuentran en territorio provincial.
Para cumplir tal fin, todos los efectores de servicios de salud públicos y privados, deberán adaptar sus modalidades prestacionales, estableciéndose que la existencia de diagnóstico o patología en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo o incapacidad permanente, las que sólo podrán deducirse a través de una evaluación multidisciplinaria de cada situación puntual en un momento determinado.
Se dispone asimismo, que en ningún caso debe presumirse existencia de problemáticas en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de estatus político, económico o social o pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso, o elección o identidad sexual.
Tampoco por la mera existencia de una historia de tratamiento u hospitalización, o demandas familiares o laborales, falta de conformidad o adecuación con valores morales, sociales, culturales, políticos o creencias religiosas prevalecientes en la comunidad donde vive la persona.
Por otra parte, se garantiza un sistema de acceso gratuito e igualitario a la atención sanitaria y social de las personas con padecimiento mental fundada en el derecho de toda persona a ser asistido en la comunidad en la que vive, en el marco de modalidades terapéuticas adecuadas a sus antecedentes sociales, culturales y religiosos.
La atención de las personas con sufrimiento mental tenderá progresivamente a estar a cargo de un equipo interdisciplinario de salud mental, que deberán incluir áreas de enfermería, medicina, trabajo social, psicología, terapia ocupacional y otros recursos técnicos y profesionales no convencionales.
Los efectores, en tanto, tenderán progresivamente a llevar a cabo la provisión de consultas ambulatorias, servicios de rehabilitación para personas después del alta institucional; atención domiciliaria supervisada y apoyo a las personas y grupos familiares y comunitarios.
Además, servicios para la promoción de la salud mental, así como otras prestaciones alternativas a la internación tales como casas de medio camino, talleres protegidos, centros de capacitación sociolaboral, hogares y familias sustitutas.
Se incorpora la concepción de la CIDN – Convención Internacional de los Derechos del Niño- , relacionado con la atención de niños y adolescentes, indicándose que es responsabilidad del Estado hacer efectivo y garantizar el acceso a la salud de todos los niños y adolescentes, en igualdad de condiciones, a través de sus políticas, servicios y prácticas profesionales y asistenciales.
En ese sentido, las políticas de salud mental general y las dirigidas a niños y adolescentes, deberán incorporar componentes que apoyen la reducción de la desigualdad, aumento de los niveles de prevención y promoción de la salud, y aumento de los mecanismos para lograr una progresiva satisfacción de las necesidades biológicas y psicológicas.
La autoridad de aplicación de esta ley, será la Dirección Provincial de Salud Mental, dependiente del Ministerio de Salud, quien tendrá a su cargo la planificación, organización y seguimiento de un plan provincial de salud mental.
Esta iniciativa, promueve al mismo tiempo la creación de un Órgano Consultivo de Derechos Humanos y Salud Mental con el objeto de proteger los derechos humanos de las personas con sufrimiento mental.
Entre sus funciones, se encuentran la de realizar recomendaciones a la autoridad de aplicación, requerir información a las instituciones que permitan evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos y supervisar de oficio o por denuncia de particulares, las condiciones de internación.
La media sanción, incluye también capítulos referidos a la internación y derivaciones.

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