Honorarios profesionales

Regulan honorarios de los agrimensores, arquitectos y técnicos en construcción

La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de ley que permite la regulación de los honorarios de los agrimensores, arquitectos y técnicos de la construcción.
La autora del proyecto la diputada Amalia Monserrat (CONFE) explicó que “con esta norma las personas que contraten el servicios de estos profesionales se garantizarán que se les esté cobrando un precio justo por el trabajo a realizar”. “Le da seguridad a los mendocinos porque al estar regulados los honorarios, pueden ir tranquilamente a cualquiera de ellos y saber que están abonando lo que corresponde”.
Por esta ley también se beneficia a los profesionales, ya que según Monserrat les permitirá percibir fehacientemente lo establecido cuando hayan completado su trabajo. En cuanto a la matriculación en los respectivos Colegios de Agrimensura, de Arquitectos, de Técnicos de la Construcción e Industria y Consejo Profesional de Ingenieros y Geólogos, constituye requisito previo para el ejercicio de las profesiones sujetas a las disposiciones en todo el territorio de la provincia. La falta de cumplimiento de este requisito implicará ejercicio ilegal de la profesión y se encontrará sujeto a las penalidades que en cada caso correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Los profesionales ajustarán los honorarios a percibir, como mínimo, a los montos establecidos en los aranceles vigentes, conforme a las disposiciones y a las reglamentaciones que al respecto emitan los distintos Colegios y Consejos Profesionales.
Asimismo, las reparticiones públicas nacionales, provinciales, municipales, empresas del estado y concesionarias de servicios públicos, con oficinas de recepción en el territorio provincial, encargados de la aprobación, visación o inscripción de planos, tasaciones, documentaciones y demás trabajos técnicos, no darán inicio al trámite de estas gestiones sin la previa presentación del correspondiente Certificado de Habilitación Profesional actualizado, emitido por los respectivos Colegios y Consejos Profesionales. Este certificado al igual que el convenio y contrato intervenido deberá contener los nombres del comitente, del profesional y una descripción de la labor encomendada.

Prensa 7 abril

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