Sanción definitiva

Prohíben el uso de impresoras láser en protocolos notariales

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley por el cual se agrega un artículo a la Ley 3058, relacionada a la reglamentación de la actividad de los notarios.
El artículo que se agrega es el 13 bis, que establecerá: “Queda prohibido en todo el territorio de la Provincia de Mendoza el uso de impresoras láser para la impresión en los protocolos notariales”.
Según consta en la fundamentación, la “simple observación del resultado que la impresión por sistema láser tiene en el tiempo y el informe realizado por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) a solicitud de la CFNA, que concluye: a-) el grado de adhesión de los pigmentos al papel, observado a través de ensayos de abrasión, borrado y arranque con cinta adhesiva resultó menor en las impresiones a láser; b-) se observa un deterioro importante en la legibilidad de las impresiones láser tras el uso de solventes orgánicos, alteración no registrada en las impresiones con chorro de tinta”. “De este estudio se desprende que no es aconsejable utilizar impresoras láser en escritos notariales, dada la vulnerabilidad a deterioros que éstos presentan al utilizarse esta tecnología, como consecuencia de la acción de agentes ambientales presentes en condiciones normales de trabajos administrativos”.





Prensa – abril 14

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