Salud

Crearán el Programa Provincial de Hemoterapia

La Comisión de Salud analiza un proyecto de ley por el cual se crearía el Programa Provincial de Hemoterapia. El mismo funciona actualmente mediante resolución ministerial y este nuevo marco legal le garantizará recursos desde el Presupuesto de la Provincia como así también un ordenamiento para acceder a beneficios que dispone la Nación, tras la vigencia de la Ley Nacional de Sangre.
El encuentro fue presidido por el titular de la Comisión y autor de la iniciativa, Alberto Recabarren (PJ), acompañado por los diputados radicales Marta Yazenco y José Barrigón; Eduardo Casado (Eje Peronista) y el demócrata Aníbal Ríos. Asistieron profesionales responsables del Programa, los doctores Dora Ramos, Alicia Levín y Domingo Ortiz.
La reunión giró en torno a las expectativas y sugerencias en torno a un nuevo instrumento legislativo que tienen a dar una mayor calidad a la prestación y centralizar las acciones para optimizar el servicio.
Los legisladores advirtieron también la necesidad de establecer un contacto con funcionarios del Ministerio de Salud, presentando una estructura de costos, para conocer la viabilidad del proyecto en tratamiento. Los profesionales dieron antecedentes del crecimiento de la Hemoterapia hasta la creación de un Centro Regional para trabajar con equidad para toda la Provincia. Ofrecieron detalles de la donación para reposición y las colectas externas de voluntarios que tienden ha ser habituales para tener en los Bancos correspondientes un abastecimiento previsible.
Consideraron que se va evolucionando culturalmente en forma satisfactoria que se manifiesta en la gente joven, donante voluntario con hábitos saludables, que da lugar a planificar estrategias en forma permanente.
Recabarren subrayó en los fundamentos del proyecto que “la Hemoterapia es la especialidad médica que comprende la donación, el fraccionamiento, la conservación y la administración de la sangre, sus componente y derivados.
Abarca también estudios inmunohematológicos, serológicos y procedimientos de aféresis. Esta práctica debe contemplar la atención personal de los individuos involucrados: donante, pacientes y embarazadas mediante la dirección de los siguientes procesos: hemodonación, preparación del producto sanguíneo y transfusión”.
Más adelante señaló que “los motivos por los que esta especialidad es una de las disciplinas médicas que más han progresado en conocimiento y tecnología en las últimas décadas radican en la integración de conocimientos biológicos y clínicos, que han permitido una mejor comprensión de los mecanismos de enfermar, facilitando el desarrollo de pautas más adecuadas de actuación clínica. Todo ello ha contribuido a que la Hematología y Hemoterapia haya alcanzado un grado notable de madurez y justifica su permanencia en el futuro como una especialidad integrada, siendo éste el marco idóneo para formación global de los futuros especialistas”.
Destacó que a la incorporación continua de nuevos conocimientos se añade el desarrollo de técnicas terapéuticas muy complejas; la creciente informatización y automatización de los laboratorios, el manejo informático de datos clínicos; el incremente de la asistencia hematológica extrahospitalaria; la interrelación con otras especialidades; la necesidad de establecer controles rigurosos de calidad y una mayor autonomía de gestión”.
La iniciativa será analizada por los actores involucrados y se le dará un marco que permita su vigencia en el tiempo, en tanto que el decreto reglamentario atenderá a las situaciones coyunturales.
El Programa continuará en la estructura orgánica del Ministerio de Salud y regirá las funciones de orientación, coordinación y supervisión operativa en todo el territorio provincial. En el proyecto se menciona por quiénes estará constituido; las responsabilidades y funciones que ejercerá. Se refiere también a los establecimientos asistenciales involucrados, laboratorios y bancos de sangre, entre otros aspectos.
Tiene artículos especiales sobre la donación y recepción de la sangre; la utilización de la sangre humana, componentes y derivados; los servicios de hemoterapia como ente técnico administrativo; normas de funcionamiento de los establecimientos comprendidos en esta ley; régimen operativo de intercambio y cesión.
También se establecen las funciones del Centro Regional de Hemoterapia, como brazo ejecutivo del Programa; de la autoreserva de sangre; de las prácticas médicas comprendidas, de los requisitos y cargos de los profesionales y colaboradores y de la capacitación científica.



Prensa Junio 22

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