Prevención para menores
en los locales de internet
Diputados dio media sanción a un proyecto de ley de Mirta Díaz (UCR) por el cual se modifican artículos de la ley 7331 – prevención para menores en los locales de internet.
En tal sentido: "Dentro del horario de funcionamiento se establece una franja horaria de protección al menor desde las 8 hasta las 24, en ese horario podrán ingresar al local menores de 18 años.
Durante el horario de protección al menor se podrán habilitar para su uso solamente juegos con temáticas deportivas, de ingenio, cultural, destreza, habilidad o didácticos, pudiendo los menores acceder a este tipo de juegos, a las investigaciones colegiales y al uso de su correo electrónico personal.
Como así también con invitaciones a formar grupos o integrar sectas que fomenten prácticas sexuales, de mala alimentación (anorexia o bulimia), consumo de drogas o alcohol y actividades violentas, terroristas y/o apología de delitos. Finalmente con acceso a juegos y/o páginas de internet que contengan juegos, imágenes o información sobre cualquiera de los temas especificados anteriormente.
El titular y/o responsable del establecimiento podrá desactivar los filtros de contenido sobre páginas pornográficas y violentas en sus equipos de computación, cuando los usuarios de los mismos sean mayores de 18 años.
Controles
Por otra parte se establece que la Dirección de Fiscalización y Control tendrá a su cargo la realización de los operativos de control y posterior denuncia a la autoridad competente.
Asimismo, deberá habilitar una línea telefónica gratuita (0800) a efectos de recibir denuncias de incumplimiento a las disposiciones de esta normativa.
También deberá exigirse a los propietarios o responsables del local, la exhibición de cartelería y cualquier otro medio gráfico que permita informar a los asistentes, de manera clara e inequívoca, sobre los horarios de permanencia de menores de 18 años, las limitaciones de acceso a sitios no permitidos y el número telefónico gratuito para la realización de denuncias.
En cuanto a los locales actualmente habilitados que brinden acceso a internet, se dispone que tendrán un plazo de 90 días para adaptarse a las disposiciones de esta ley.