Breves

Exigencias para el personal policial

Diputados convirtió en ley una iniciativa por la cual se modifica el artículo 6° de la ley 7481, atinente al personal policial de la Provincia.
De esta forma, a partir del 1° de enero de 2012 será requisito necesario para el tratamiento promocional que el personal policial autopropuesto acredite la siguiente capacitación mínima:
-Oficiales superiores y oficiales jefes, licenciatura en Seguridad Pública o título equivalente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 de decreto 2920/99.
-Oficiales subalternos, tecnicatura en Seguridad Pública o título equivalente, de acuerdo al mismo decreto antes mencionado.
-Personal subalterno del Cuerpo de Comando, previsto por el derogado decreto-ley 4747/83 y sus modificatorias, el título secundario o su equivalente conforme las normas de aplicación específica.


Centro educativo, otro comunitario y playón deportivo para barrio Lihué


Diputados convirtió en ley una iniciativa por la cual se desafecta del dominio público de la Municipalidad de Guaymallén una fracción de terreno que supera los 6800 m2, ubicado en el centro del barrio Lihué, del distrito Belgrado, de Guaymallén.
En el artículo segundo de este instrumento se consigna que conforme la ordenanza municipal de Guaymallén 7412/08, que autorizó la cesión del terreno, esta deberá realizarse en la siguiente proporción: para la Dirección General de Escuelas, a fin de llevar a cabo la construcción de un Centro Educacional de Niveles Inicial y Terciario (con modalidad técnica); un Centro Integrador Comunitario y un playón deportivo.

Prensa Marzo 16

Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704