HIPOACUSICOS

Adhirió la provincia a ley nacional que beneficia a hipoacúsicos

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto del ex senador Humberto Cavagnaro (PD), por el cual la provincia de Mendoza adhiere a la ley nacional 24421 que garantiza el uso de servicios para las personas con hipoacusia o con el impedimento del habla.
Recordando conceptos dados oportunamente por el senador Cavagnaro al fundamentar su iniciativa, la hipoacusia se define como la disminución de la percepción auditiva. La afección tiene distintos grados.
En la hipoacusia leve sólo surgen problemas de audición con voz baja y ambiente ruidoso.
En las moderadas se aprecian dificultades con la voz normal: existen problemas para la adquisición del lenguaje y en la producción de sonidos.
En las severas sólo se oye cuando se grita o se usa amplificación. No se desarrolla lenguaje sin ayuda.
En las profundas la comprensión es prácticamente nula, incluso con amplificación. No se produce un desarrollo espontáneo del lenguaje.

En la Argentina, ilustró el senador Cavagnaro, alrededor de uno de cada mil niños padece de sordera, reservándose la denominación de "sordo" para aquellos que poseen una hipoacusia severa en ambos oídos. Además, se ha visto que algunos niños pierden su audición durante los primeros años de vida, por lo que la pesquisa de la hipoacusia debe ser realizada no sólo en el recién nacido sino también durante la infancia.
Si bien actualmente se cuenta con una serie de pruebas para comprobar la capacidad de audición desde etapas muy tempranas, lamentablemente muchas hipoacusias severas no son detectadas antes de los dos o tres años de edad.
Debe tenerse siempre presente que el lenguaje constituye una de las cualidades del hombre que le permita comunicarse. El objetivo de esta ley es precisamente poner al alcance de los hipoacúsicos los medios y servicios para ejercer la comunicación con sus semejantes.

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