La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado
La norma establece que será la Administración de Parques y Zoológico quien fije las condiciones y requisitos para la instalación de los mismos.
El pago de los cánones tendrá una vigencia mensual, mediante un pago anticipado del 1 al 10 de cada mes.
Para el caso de las ventas de bebidas no alcohólicas, golosinas, alimentos , helados, envasados en origen, de acuerdo con la normativa vigente, prohibiéndose toda elaboración de artículos comestibles en la vía pública tendrá un canon mensual de $120. En el caso de los helados u otros elementos complementarios para servir en el lugar, deberán abonar $500.Por su parte, para los artículos elaborados con elementos no contaminantes de origen vegetal o animal el monto mensual será de $24 y los artículos regionales (no comestibles) será de $120.
Las solicitudes de venta de artículos no contemplados en los ítem antes mencionados, podrán ser autorizados mediante resolución del Directorio de la Administración de Parques y Zoológicos, quién fijará el canon a abonar.
Con relación a los servicios de esparcimiento o alquiler de elementos afines la cuota mensual será de $360.
Prensa mayo 4