La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto del diputado Carlos Bianchinelli (PJ) por el cual se modifica un artículo de la Ley Impositiva en relación
La norma establece que será la Administración de Parques y Zoológico quien fije las condiciones y requisitos para la instalación de los mismos.
El pago de los cánones tendrá una vigencia mensual, mediante un pago anticipado del 1 al 10 de cada mes.
Para el caso de las ventas de bebidas no alcohólicas, golosinas, juguetes, alimentos, helados, envasados en origen, de acuerdo con la normativa vigente, prohibiéndose toda elaboración de artículos comestibles en la vía pública tendrá un canon mensual de $120. En el caso de los helados u otros elementos complementarios para servir en el lugar, deberán abonar $500. Por su parte, para los artículos elaborados con elementos no contaminantes de origen vegetal o animal el monto mensual será de $24 y los artículos regionales (no comestibles) será de $120.
Las solicitudes de venta de artículos no contemplados en los ítem antes mencionados, podrán ser autorizados mediante resolución del Directorio de la Administración de Parques y Zoológicos, quién fijará el canon a abonar.
Con relación a los servicios de esparcimiento o alquiler de elementos afines la cuota mensual será de $360.
Prensa mayo 18 – Modifican Ley Impositiva