SISTEMA PENITENCIARIO

Estructura orgánica del Sistema penitenciario provincial.
El proyecto del Poder Ejecutivo fue aprobado por Diputados
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Logró la sanción inicial de Diputados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que establece la estructura orgánica  del sistema penitenciario de la Provincia de Mendoza. La norma está inserta en el conjunto de proyectos promovidos desde los distintos poderes de la provincia tendiente a llevar soluciones a la problemática de la seguridad sacudida por hechos de público conocimiento.
El sistema estará compuesto por siete organismos que entienden directamente en la temática penitenciaria y postpenitenciaria, régimen progresivo de la pena e investigación criminológica y penalógica. Estos organismos son: El Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza, el Organismo Técnico Criminológico, la Auditoría Penitenciaría, el Defensor de los derechos de las personas pivadas de libertad; el Consejo de Trabajo Penitenciario y Postpenitenciario; la Dirección  de Promoción de Liberados conforme lo prescripto por la ley 7503, y la Inspección General de Seguridad conforme con las leyes 6721 y 7493.
La sanción fue aprobada por mayoría, con el voto negativo de los miembros del bloque demócrata y de Rosa Lira Alvarez, de la bancada justicialista. El titular del bloque demócrata, Diego Arenas, objetó los artículos 28 y 29 de la sanción  que autoriza al Ministerio de Gobierno  a disponer cambios de destino, funciones y promociones para todo el personal y/o disponer el pase a pasiva, el retiro o la baja obligatoria de cualquier miembro el servicio penitenciario.
La iniciativa del Poder Ejecutivo fue fundamentada por el titular de la comisión intercameral de Seguridad, Carlos Ciurca (PJ) y por Guillermo Merino (UCR), quienes destacaron la imperiosa necesidad de contar con esta estructura orgánica en respuesta a la complejidad que ha adquirido el sistema penitenciario en los últimos años. La estructura se haya colapsada no sólo por la gran cantidad-más de 2000- de internos (tanto provinciales como federales) que acogen las distintas unidades en toda la provincia, sino también por la falta de personal. Dijo Ciurca en este sentido que en el 2006 apenas se pudieron cubrir 25 de las 500 vacantes y es posible que este año lleguen a cubrirse 40 vacantes más. Además, hubo que dar respuestas a requerimientos a organismos internacionales que velan por el respeto y cumplimiento de los derechos humanos en todo el mundo.
Arenas, por su parte, advirtió a legisladores la "tremenda responsabilidad que se volcará al Ministerio de Gobierno, el cual, por aplicación de esta ley, tendrá que realizar reestructuraciones funcionales y administrativas, y a disponer  el cambio de funciones y el traslado de personal e internos. Esta fue la razón del voto negativo de su bloque.
La ley define el concepto, conducción, funciones, responsabilidades  y dependencia de cada uno de los organismos componentes del sistema penitenciario. En el caso de las unidades penitenciarias se establece que funcionarán  como unidades organizativas dependientes  de la Dirección General del Servicio Penitenciario.
Dentro de la estructura asignada por esta ley a la Dirección general del Servicio Penitenciario, que dependerá del Ministerio de Gobierno a través de la Subsecretaría de Justicia, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para crear, modificar o suprimir las dependencias para el buen cumplimiento de las misiones estipuladas en esta normativa. Al momento de la sanción de la presente ley son consideradas unidades penitenciarias  mayores: la Unidad I Boulogne Sur Mer, la Penitenciaría y Cárcel de Detenidos de San Rafael, la Unidad III Complejo Penitenciario Almafuerte de Cacheuta y el Complejo Penitenciario San Felipe de la Ciudad de Mendoza.

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