GENERACION FOTOVOLTAICA

Regulan uso de equipo de generación fotovoltaica en instalaciones domiciliarias

Diputados dio media sanción a un proyecto de ley de Carlos Bianchinelli (PJ) por el cual se regula el uso de equipos de generación fotovoltaica en instalaciones domiciliarias conectadas al sistema de distribución y comercialización de energía eléctrica establecido, conforme a la legislación y normas complementarias vigentes. Será de aplicación a todos los usuarios públicos y privados de servicios eléctricos, en el ámbito provincial, propendiendo a la coordinación interjurisdiccional e interinstitucional en lo atinente a su objeto.

Se establece como objetivo complementario declarar de interés de la Provincia la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de producción de energía eléctrica, en todo el territorio provincial, a partir del uso de fuentes renovables.
Se entiende por equipos de generación fotovoltaica a los sistemas destinados a la captación de la radiación solar, que posean la aptitud técnica para conectarse a la red de distribución eléctrica transformando la corriente contínua, a corriente alterna de 22 v.
En este instrumento legislativo se detalla también normas sobre la instalación de estos equipos; sistema de medición y seguridad e incentivos para promover estudios de factibilidad para el uso generalizado de estos sistemas.
Los equipos e instalaciones reguladas en esta ley, no deberán alterar la perspectiva del paisaje desde el punto de vista arquitectónico, respetando la armonía de los espacios y del conjunto urbano de los lugares donde sean colocados. Las instalaciones se adecuarán a disposiciones internacionales sobre el tema.
Finalmente, la incorporación de los sistemas de producción de energía propuestos habilita la posibilidad de obtención de los certificados de Reducción de Emisiones (CER’s), correspondientes a los proyectos de inversión pública o privada destinados a la generación de energía fotovoltaica


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