Conjueces

Modifican artículo de la norma para el nombramiento

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de los diputados Alejandro Viadana y Carlos Bianchinelli (PJ), por el se sustituye un artículo y se modifica otro de la ley que contiene el procedimiento para el nombramiento de conjueces para el Poder Judicial.
La norma establece que cuando por necesidades de subrogancia o por vacancia del cargo resulte necesario integrar un tribunal la Suprema Corte podrá optar por integrarlo con magistrados subrogantes, y en su caso con conjueces de las listas formadas por el Poder Ejecutivo, para lo que deberá considerar naturaleza, causa y duración de los impedimentos, ausencias y vacancias que deban cubrirse, en las que se fundamentará la resolución correspondiente.
Asimismo la formación de las listas de conjueces de los distintos fueros y circunscripciones se integrará con el número de abogados que determine la reglamentación, para cada una de las Circunscripciones Judiciales de la Provincia, designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo de la Magistratura.
En tanto cuando la lista de conjueces haya quedado vacante y no hubieren aspirantes en condiciones de integrarla, la subrogancia se organizará transitoriamente por la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia distribuyendo proporcionalmente las causas entre todos los conjueces de igual competencia.

Los conjueces serán sorteados para suplir la ausencia de los magistrados en sus cargos o para conocer y resolver en única causa, en los casos previstos en esta ley.



Prensa 4 julio

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