Establecimientos infractores

Incorporan artículo a legislación sobre quita de beneficios a empresas que registren trabajo esclavo o infantil

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de Ley, de autoría de Gustavo Arenas (PJ), por el cual se incorpora el artículo 3 bis a la Ley provincial nº 8374 que establece que las empresas empleadoras que registren antecedentes de trabajo infantil o de mantener a sus trabajadores en condiciones similares al trabajo esclavo, no podrán acceder a beneficios fiscales, impositivos, económicos, financieros o de cualquier otra índole otorgados o próximos a otorgarse por la Provincia de Mendoza.
Afirma la iniciativa que se publicarán en los medios de comunicación los nombres de los infractores comprendidos por la norma.
Su autor explica que el proyecto tiende a sumar la condena social para las empresas infractoras, además de contemplar las sanciones administrativas y económicas correspondientes.
Del mismo modo, el texto aprobado en la media sanción, establece que la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia deberá remitir mensualmente, en forma obligatoria, “la nómina de empleadores inscriptos en el Registro de Infractores Laborales por las infracciones previstas en el artículo primero (de la norma) a la Administración Pública Provincial, centralizada o descentralizada; entes autárquicos, empresas y sociedades del estado, y todo otro organismo dependiente del Estado provincial, así como también a los medios masivos de comunicación de la provincia de Mendoza y a toda organización privada que así lo requiera”.



Prensa Julio 4

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