Condenados

Aprueban en general la iniciativa que propone un sistema de ejecución de la pena privativa de la libertad

La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de Ley que crea el sistema de ejecución de la pena privativa de la libertad para Mendoza. En particular, se prevé el análisis en las próximas sesiones.
La norma fue apoyada por los bloques de la UCR, PJ Federal, PD, Eje Peronista, y PJ. En tanto Néstor Piedrafita (NE) y Lucas Ilardo y Marina Femenia (PJ) se manifestaron en contra del proyecto.
En los fundamentos de la iniciativa se sostiene que a partir de la sanción de esta ley no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos:
1) Homicidios agravados previstos en el artículo 80 del Código Penal.
2) Delitos contra la integridad sexual, previstos en los arts. 119 segundo, tercer y cuarto párrafo, 120 segundo párrafo, 124, 125, 125 bis, 126, 127 del Código Penal;
3) Robo agravado (artículo 166 del Código Penal)
4) Homicidio en ocasión de robo (artículo 165 del Código Penal);
5) Tortura seguida de muerte (artículo 144 tercero, inciso 2, del Código Penal)

Prosigue explicando que los condenados por cualquiera de estos delitos, tampoco podrán obtener los beneficios de la prisión discontinua o semidetención, ni el de la libertad asistida Asimismo, los beneficios comprendidos en el período de prueba tampoco se concederán a los reincidentes y a todos aquellos a los que prima facie no proceda el otorgamiento de la libertad condicional.
Dentro de los fundamentos se afirma que se intenta generar la herramienta necesaria para que cada vez que se comete un delito violento, el delincuente condenado no encuentre en la ley un salvoconducto para evitar el cumplimiento efectivo de la condena sin encontrarse garantizada su reinserción social o en el peor de los casos, se fugue del establecimiento ante la ausencia de controles por el periodo en el que se encuentra de cumplimiento de la pena.
Explica también que “sin perjuicio de los supuestos enumerados en el presente artículo el juez de ejecución deberá denegar los beneficios comprendidos en el periodo de prueba como así también la prisión discontinua o semidetención, por resolución fundada, cuando el egreso pueda constituir un grave riesgo para el condenado o para la sociedad”. Agrega que en los supuestos descriptos no será procedente el indulto ni la conmutación de penas previstas en el artículo 128 de la Constitución de la Provincia y la ley 3.645 en su Capítulo XVI.

Debate Legislativo

En el transcurso de la exposición desde las distintas bancadas fundamentaron las posiciones. El diputado Luis Petri (UCR), autor del proyecto indicó que “el espíritu de la norma es que la condena sea cumplida. Cuando el tribunal lo encuentre culpable ese condenado cumpla la condena”.
A su turno el diputado Daniel Cassia (Peronismo Federal) destacó que “por el devenir de la política este momento, de tratar este proyecto, es posible y se hace en base a un trabajo profundo y de fondo”.
Desde la bancada demócrata el diputado Aldo Vinci sostuvo que “esta norma es una salida necesaria para todos los mendocinos. Se necesitan los cambios que propone este proyecto, para resguardar al preso, pero siempre cumpliendo con la condena”.
Por su parte el diputado Néstor Piedrafita (Nuevo Encuentro), anticipó su voto negativo, por considerar que “las políticas de mano dura no han disminuido el delito”.
Desde el Bloque del Partido Justicialista el diputado Gustavo Arenas indicó que “coincidimos con el diagnóstico, pero consideramos que podemos enriquecer la norma. Si, hay que tener en cuenta las observaciones que han hecho los expertos para poder mejorar el proyecto al momento de su tratamiento en particular”.
En tanto, los diputados justicialistas Lucas Ilardo y Marina Femenía, manifestaron que no acompañaban el proyecto por entender que son soluciones espasmódicas a una problemática específica; subrayaron también que los problemas de seguridad no se solucionan con este proyecto, sino con educación y trabajo.






Prensa Julio 5

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