Clubes Sociales

No se podrán embargar ni ejecutar los bienes de los Clubes deportivos y recreativos

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley presentado por el diputado Gustavo Arenas (PJ), que modifica un artículo de la ley 6858 que establece la inembargabilidad e inejutabilidad, de los bienes e inmuebles que estén afectados a fines deportivos.
Anteriormente sólo establecía la inembargabilidad e inejecutibilidad de los bienes de clubes de fútbol afiliados a ligas de fútbol de la Provincia y al Consejo Federal de Fútbol Argentino. Con las modificaciones se declararan inembargables e inejecutable los bienes muebles e inmuebles de los clubes deportivos y recreativos, y que sean propiedad de entidades sociales y deportivas sin fines de lucro, que se encuentren inscriptas en la Dirección de Personas Jurídicas y se encuentran afiliados a Ligas, Asociaciones, o Federaciones Provinciales y/o Nacionales debidamente conformadas por organismo competente.
Cabe recordar que la norma establece la eximisión de pago de todos los impuestos provinciales a las entidades comprendidas. Además que los ingresos corrientes de las entidades sólo serán susceptibles de embargos hasta el máximo total del veinte por ciento (20%) de los mismos.













Prensa 08 de agosto

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