Media Sanción

Programa provincial de recolección de Lámparas fluorescentes compactas

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Antonio Spezia (PD-MC), por el cual se crea el Programa Provincial de Recolección Diferenciada de Lámparas Fluorescentes Compactas (LFC), que tiene entre sus objetivos, el de disminuir al máximo los riesgos de contaminación que conlleva desechar indiscriminadamente las lámparas de bajo consumo.
La iniciativa se propone además, evitar la dispersión de estas lámparas en la vía pública, residuos domiciliarios y cauces de agua, para mejorar las condiciones ambientales de la población y optimizar la gestión de los residuos sólidos urbanos.
También, dar una respuesta segura al problema que representa la disposición de lámparas de bajo consumo usadas, que son residuos tóxicos por sus contenidos, principalmente el mercurio; reforzar la concientización de la población sobre las ventajas de separar y recuperar residuos, y brindar información pública y permanente para la educación respecto a los daños que puede acarrear el desecho indebido de las LFC.
Finalmente, busca difundir y promover la concientización en la sociedad sobre los riesgos de contaminación que pueden producir las lámparas de bajo consumo, debido a sus contenidos.
La autoridad de aplicación de esta normativa, una vez aprobada por el Senado, será la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del gobierno provincial, quien deberá realizar la concesión del tratamiento de las LFC al sector privado, según lo establece la Ley 5507, de “Concesión de Obras y Servicios Públicos de la Provincia”.
Entre otros aspectos, la media sanción dispone que la autoridad de aplicación deberá adecuarse a las normas previstas en la ley provincial 5917, donde se establece la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos.
Los prestadores de dicho servicio deberán estar inscriptos en el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos y cumplir con los requisitos establecidos para su normal desenvolvimiento.
Por otra parte, se invita a las Municipalidades a adherir a la normativa y se dispone que se deberá asegurar la difusión periódica por los medios masivos de comunicación de las campañas y acciones que en cumplimiento de este programa se efectúen.

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