Reglamentación

Presentaron en la Legislatura el proyecto de Ley Provincial de Turismo

El ministro de Turismo, Javier Espina, acompañado por el presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Tanús, y los titulares de las comisiones de Turismo de ambas Cámaras, Daniel Dimartino (UCR) y Ricardo Pettignano (Eje Peronista), presentó en la Legislatura el proyecto de ley provincial de turismo propuesta por el Poder Ejecutivo.
“Es intención política del gobierno provincial dar un marco general que permita definir una ley de turismo, que se interprete como una política de Estado”, dijo Tanús en la apertura del acto de presentación.
Por su parte, el diputado Dimartino indicó que el proyecto será “debatido con todos los involucrados, incluso con las entidades académicas, para encontrar entre todos la mejor ley de turismo para Mendoza, donde la actividad viene creciendo en forma sostenida”.
En tanto, el senador Pettignano manifestó que esta propuesta se da en concordancia con la sanción en el Senado de la creación del Colegio de profesionales de turismo, “lo que hace que el tema sea abordado de forma integral, teniendo en cuenta el crecimiento fenomenal de los últimos 20 años que ha tenido el turismo en la provincia”.
A su turno, el ministro Espina destacó que el origen del proyecto es el resultado de un proceso de trabajo entre el sector público y privado. “Es el resultado del Congreso Provincial de Turismo que se realizó a fines de 2011, donde participaron todos los involucrados y donde pudieron expresar y debatir sus ideas”.
El proyecto, “viene a poner en valor un sistema que se da en Mendoza de hecho y la idea es convertirlo en derecho”, dijo el funcionario.
Hizo hincapié en la “fuerte regionalización del desarrollo turístico” que plantea el texto de la iniciativa, a través de la creación de una serie de consejos de participación, uno de ellos en el área departamental y luego por región, “que dará una gran innovación respecto a cómo promocionamos y vendemos los espacios turísticos del territorio”.
También resaltó los aspectos de control y fiscalización de la prestación de los servicios turísticos, así como el “refuerzo” que se da a través del proyecto al Fondo de Promoción Turístico para que además, “atienda el desarrollo de la actividad y así generar más productos”.
Espina, dijo que la idea es que los turistas que llegan a Mendoza se queden más días, y en ese sentido, reconoció que el logro de ese objetivo depende “de los atractivos que tengamos para ofrecer y que esos atractivos estén bien señalizados, cuenten con infraestructura y los servicios necesarios para dar un buen producto”.
Al respecto, explicó que el Fondo debiera entonces atender también “obras que faciliten esos temas”.
Por otra parte, subrayó que si bien la creación de un Ente Mixto de Promoción Turística fue planteado en el Congreso Provincial realizado el año pasado, “primero quisimos dar un marco institucional y después las herramientas para la promoción y ejecución de las políticas”, por lo que ese punto no fue incorporado al texto de la iniciativa legislativa.
La presentación, que se dio en el marco del Día Internacional de Turismo, contó además con la participación de la diputada nacional Mariana Juri (UCR), los diputados provinciales Carlos Bianchinelli (PJ), Raúl Guerra (Eje Peronista), Alejandro Limas (UCR), la senadora Claudia Torres (PJ), el jefe de Gabinete del Ministerio de Turismo, Martín Silva, y representantes de las áreas turísticas departamentales y Cámaras empresarias del sector.

Aspectos del proyecto


Mediante el proyecto de ley, se declara de interés provincial al turismo como “actividad de servicios, estratégica y esencial para el desarrollo de la Provincia de Mendoza; siendo prioritario como política del Estado Provincial”.
El objetivo, es “el fomento, desarrollo, promoción y regulación de la actividad turística y del recurso turístico, incorporando los mecanismos para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos provinciales y municipales con el objeto de lograr el desarrollo sostenible y sustentable”, según señala el articulado de la iniciativa.
Señala por otra parte, que la normativa se aplicará a todas las actividades turísticas o vinculadas directamente al turismo y a las personas que las desarrollen, ya sea que presten o reciban servicios turísticos.
Entre otros puntos, se propicia el desarrollo y promoción de la actividad bajo ciertos principios como competitividad de la actividad, con atracción de inversiones productivas para la generación de empleo directo e indirecto; el reconocimiento de la capacidad de creación de micro y macro regiones para el desarrollo del turismo; la protección al turista y fomento de la conciencia turística y el fomento del turismo social “entendido como el conjunto de relaciones y fenómenos que resultan de la participación al turismo y en particular de la participación de capas sociales con recursos modestos”.
También se prevé la conservación de los recursos naturales, patrimoniales y culturales de la provincia.
Además, contempla la regionalización territorial, que será un “instrumento para potenciar la acción conjunta de los territorios en pos del desarrollo equilibrado de la provincia”.
En ese sentido, se reconocen cinco regiones turísticas: la Región Sur, compuesta por los departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe; Valle de Uco, compuesta por los departamentos de San Carlos, Tupungato y Tunuyán; Este, integrada por los departamentos de San Martín, Rivadavia, Junín, Santa Rosa y La Paz; Norte, integrada por los departamentos de Ciudad de Mendoza, Las Heras y Lavalle y Región Centro, compuesta por los departamentos de Godoy Cruz, Guaymallén, Luján de Cuyo y Maipú.
Por este proyecto, se invita a los distintos Municipios a crear en su seno el Consejo Municipal para el Desarrollo Turístico, y a conformar el Consejo Asesor Regional que estará integrado por los consejos municipales, para entre otros aspectos, asesorar a las comunas y al Ministerio de Turismo sobre los problemas vinculados con el desarrollo turístico de la región.
Como órganos consultivos del Ministerio, se crea por otra parte el Consejo Asesor de los Municipios, integrado por un representante de cada una de las áreas de Turismo de los Municipios, así como el Consejo Asesor de la Actividad Privada, que estará integrado por la máxima autoridad de cada una de las Cámaras y Asociaciones Empresarias de primero y segundo grado, y por un representante de las asociaciones sindicales.
También se crea el Consejo Asesor del Sector Académico, compuesto por los representantes de las entidades Académicas con interés en el sector turístico de la provincia, en tanto que en el ámbito del Ministerio de Turismo se crea el Consejo Asesor para el Desarrollo Turístico, que tendrá a su cargo coordinar y garantizar el cumplimiento de las funciones administrativas de las diferentes entidades públicas de nivel municipal, provincial y nacional relacionadas al tema, para el cumplimiento de los fines de esta Ley.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Turismo, a quien se le designan objetivos específicos como el defender y preservar el patrimonio turístico natural, histórico, cultural y religioso y fomentar y promocionar la actividad turística provincial.
Esta cartera, a través de la Dirección de Servicios Turísticos, tendrá a su cargo el contralor de los establecimientos prestadores de servicios, para lo cual deberá llevar actualizado Registro de Prestadores de Servicios Turísticos, en el cual deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas que se dediquen a tales actividades.
La inscripción deberá ser previa al funcionamiento de los establecimientos del rubro e implicará la licencia para la prestación de servicios turísticos dentro de la especialidad y categoría otorgada.
Asimismo, dispone que por las infracciones a esta ley – una vez sancionada -, el Ministerio de Turismo está autorizado a aplicar sanciones que van desde el apercibimiento o la multa, hasta la inhabilitación, clausura o revocatoria o caducidad de autorizaciones administrativas otorgadas.
También se establece facultar al Ministerio de Turismo, a percibir el cobro de lo que anualmente se fije por ley impositiva en concepto de tasas retributivas de servicio, al igual que el cobro de las multas que percibiese.
Por esta ley, se crea el Fondo para el Desarrollo y Promoción Turística, con destino a la construcción, mantenimiento y conservación de infraestructura para el desarrollo del turismo y para la promoción turística de Mendoza.
Los recursos del Fondo se distribuirán el setenta y cinco por ciento (75%) para el desarrollo y promoción turística; a su vez dicho porcentaje deberá distribuirse en un cincuenta por ciento (50%) para el desarrollo y en un cincuenta por ciento (50%) para la promoción. El veinticinco por ciento (25%) para ser participado a los Municipios a los fines del desarrollo de la actividad turística propia de los mismos.
Según se destaca en los fundamentos del proyecto del Ejecutivo, esta actividad “se ha convertido en los últimos años en uno de los principales motores de la economía, generador de empleo, de divisas y promotor de la marca Mendoza”.
En ese sentido, se destaca que a partir de la década del 2.000 se ha producido un crecimiento constante y sostenido del turismo “por lo que surge la necesidad de contar con un marco legal adecuado que contemple las nuevas necesidades y tendencias del sector”.





Prensa setiembre 27

Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704