La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa de Gustavo Arenas (PJ), que crea el “Programa de inserción Laboral para jóvenes Profesionales Nacidos y Criados en Zonas Rurales”, en el ámbito del Ministerio de Trabajo,
Mediante este programa se contratará, a requerimiento de los beneficiarios, a los profesionales universitarios egresados de establecimientos nacionales o provinciales, de gestión pública o privada, con títulos de validez nacional que correspondan a un ciclo de estudios inferior a cuatro años.
Asimismo, los beneficiario de esta ley, deberán haber nacido en zonas rurales de la provincia y cursado el ciclo primario y secundario en establecimientos educativos ubicados en dichas zonas y mantener residencia efectiva en ese lugar de origen.
Además, no podrán superar al momento de la presentación de la solicitud de ingreso, una antigüedad mayor a un año desde la fecha en que obtuvieron el título habilitante, y deberán presentan una propuesta o plan de trabajo vinculado a su región o comunidad.
Los contratos serán de locación de servicios y tendrán como objeto la prestación de servicios profesionales, con una duración de un año máximo, siendo improrrogable.
Esta ley es incompatible con cualquier relación laboral u otra locación se servicio que titularice el beneficiario, a excepción de la docencia.
Los beneficiarios contratados, prestarán sus servicios profesionales en los distintos Ministerios, Entes Descentralizados o Autárquicos de la Provincia, vinculados a su zona de origen y en los cuales resulten de aplicación los estudios cursados por los postulantes; también podrán prestar sus servicios en entidades u organismos nacionales con los cuales la Provincia celebre convenios.
Las reparticiones donde el profesional preste el servicio, serán las encargadas de ejercer la supervisión y dirección laboral del mismo.
Los profesionales contratados, cualquier sea su especialización, percibirán una retribución mensual equivalente a la Clase Profesional inicial del Escalafón Ley Nº 5126, por una prestación mínima de 30 horas semanales.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, quien además tendrá a su cargo la contratación de los beneficiarios.
Los gastos que demande la aplicación de la ley serán imputados al Presupuesto respectivo de cada ejercicio, en la partida “Locaciones de Servicio” y los ingresos provenientes del ítem “Multas” aplicados por la Subsecretaria de Trabajo, serán afectados en forma exclusiva a la ejecución del presente programa.
La iniciativa fue acompañada por todos los diputados oriundos de los departamentos alejados del Gran Mendoza.
Prensa Octubre 10