Sanción

Diputados dio media sanción a la Ley Impositiva

La Cámara Baja aprobó el proyecto de Ley Impositiva para el ejercicio 2013 enviado por el Poder Ejecutivo, con los aportes realizados por distintas bancadas, por 24 votos a favor contra 5 que obtuvo el despacho alternativo del PD y 18 votos negativos de la UCR. .
La iniciativa oficialista contó con el apoyo de los bloques del Frente Para la Victoria, el Eje Peronista, Interbloque Concertación Popular, Nuevo Encuentro, y el bloque UCR Leandro Alem.. En tanto, la propuesta del Partido Demócrata fue votada sólo por los integrantes de ese bloque y la Unión Cívica Radical rechazó ambos despachos.
La propuesta de sobre tasa del 100 por ciento a los paquetes de cigarrillos, no contó con el apoyo del cuerpo, por un voto.
El debate

La primera oradora fue la presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, Rita Morcos (PJ). Destacó la correspondencia que tendrá este instrumento legislativo con la implementación de la Agencia de Recaudación Fiscal, que “tiene media sanción de esta Cámara, para lograr una mejor recaudación para dar más servicios a la comunidad, como así también lograr que los tributos sean equitativos y contengan un principio de solidaridad”.
Seguidamente subrayó los puntos más importantes de la iniciativa del Ejecutivo. Respecto del Impuesto Inmobiliario manifestó que: Se establecen límites superiores de incrementos para todas las parcelas, a través de un sistema progresivo teniendo en cuenta su avalúo fiscal. Se actualiza la aplicación de un coeficiente sobre los haberes de jubilados y pensionados, a efectos de acceder al beneficio de exención del impuesto previsto en el Código Fiscal, ello a fin de contemplar las realidades económicas y previsionales. Se mantiene la exigencia de tener regularizada la deuda en el impuesto para acceder a una exención parcial a los contribuyentes que tienen inmuebles destinados al turismo.
Como así también que los contribuyentes que no presenten deuda no tendrán aumento de impuestos para el 2013. Por los beneficios que se incorporan en el proyecto, el contribuyente que esté al día tanto en el impuesto Automotor como en el Inmobiliario, no le impactará el incremento.
El Impuesto a los Automotores, a la composición de las tablas se incorpora el modelo 2013 y se elimina el modelo 1995 que pasa a tributar impuesto fijo. Se implementa un sistema progresivo en donde aquellos automotores que poseen mayores valuaciones tributaran un importe mayor.
Impuestos sobre los Ingresos Brutos. Manifestó Morcos que se trata de el “diseño de una política tributaria progresiva, central para al modelo de desarrollo, no sólo para hacer recaer las cargas impositivas sobre aquellos que cuentan con mayor capacidad contributiva, sino también para potenciar la creación de puestos de trabajo”. Se establecen incrementos de alícuotas para aquellas actividades cuando la sumatoria de bases imponibles correspondientes al ejercicio 2.012 supere un determinado monto, acorde a su capacidad contributiva, armonizando con otras jurisdicciones las alícuotas que resultan aplicables. Se establecen impuestos mínimos y se agregan actividades alcanzadas por los mismos con el fin de impactar sobre aquellos sectores considerados informales. Se incluyen nuevos códigos de actividades en la planilla analítica con el fin de analizar su incidencia en el mapa tributario provincial, fuente de información para la toma de decisiones.
En cuanto al Impuesto de Sellos, señaló entre otros conceptos que es similar al previsto para el ejercicio fiscal 2012. Se mantiene el beneficio de exención para toda operatoria con la actividad primaria. Se procede a gravar las operaciones de adquisición de automotores nuevos. Se establece un valor locativo de referencia para los contratos de alquiler, cuando el valor nominal del instrumento sea inferior. Se incrementa la alícuota cuando el instrumento esté expresado en moneda extranjera.
Modificaciones al Código Fiscal. Se propone combatir la evasión impositiva y reducir la morosidad. Las modificaciones tienden a favorecer aspectos vinculados con la realidad económica, técnica – jurídica y operativa que permita un mejor control de las obligaciones y de los obligados fiscales. Se proponen modificaciones al procedimiento de clausura, para agilizar las etapas administrativas y recursivas. Con el fin de mejorar el marco legal en los procedimientos de vehículos de extraña jurisdicción, se actualiza la normativa, permitiendo cobrar el impuesto y multa en el año corriente a pesar de que esté radicado en otra provincia deduciendo el pago del impuesto que hubiera efectuado en otra jurisdicción. En las condiciones para acceder a la Tasa Cero, se agrega el requisito de no poseer multa o clausura previa, estar al día en Irrigación y presentar la declaración jurada anual del ejercicio.
Finalmente, Morcos destacó entre las disposiciones generales que “se actualiza y explicita la política de premios y castigos beneficiando a los contribuyentes que no posean deudas en el año 2012 y efectúen el pago en término de los impuestos patrimoniales en el año 2013”.
A continuación se expresó en general sobre este proyecto de ley la diputada Liliana Vietti (UCR-Leandro Alem), quien anticipó su apoyo junto con su par de bloque Teresa Maza. No obstante, en particular efectuarían aportes tendientes a bajar algunos incrementos propuestos por el Ejecutivo, porque consideran que se deberían haber mantenido los fijados para el año en curso. Tampoco apoyarían la autorización dada al titular de Rentas para modificar alícuotas durante el próximo ejercicio fiscal.
Vietti señaló también que se modifican las fórmulas para establecer el impuesto inmobiliario dada la modificación de la base de cálculo del mismo incluidas en la Ley de Avalúos. Consideró que será responsabilidad de Catastro, Rentas y la Agencia de Recaudación que en el impuesto inmobiliario se respeten los topes propuestos por el Ejecutivo del 10, 20 y 30 %.
Aclaró que si bien en algunas actividades, para alentarlas, propondrán una baja en los incrementos del próximo ejercicio, en otras actividades pedirán que se incrementen los tributos para desalentarlas. Este última propuesta apunta a los hoteles alojamiento transitorio, casas de cita y establecimientos similares, cabarets, boites, casas de masaje y saunas. Este concepto se corresponde con la necesidad de establecer una clara política a favor de los derechos de la mujer en contra de la prostitución y la trata de blanca.
Desde el bloque demócrata, su presidente, Aníbal Ríos adelantó que presentarán un despacho alternativo que contiene una visión similar a la de años anteriores respecto de impuestos que consideran recesivos y finalmente se trasladan a otros sectores de la economía. Dijo que, en algunos casos, se evidencia una pérdida de la competitividad, la rentabilidad y tienen un impacto social negativo con pérdida de fuentes de trabajo y la permanencia de ciertas actividades.
Ríos señaló que “no creemos que a mayor presión vaya a haber mayor recaudación, porque lo que estamos asistiendo en este debate es el mantenimiento de un cobro impositivo que es inoportuno, inadecuado, lesivo y sobre todo recesivo de algunas actividades económicas que se manejan en una franja de rentabilidad muy sensible”.
A continuación, desde el bloque radical, Roberto Infante anticipó el voto negativo en general y particular del proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, ya que consideran que si bien hay que recaudar, “no se trata de subir o bajar impuestos”, sino de “realizar un rebalanceo impositivo con proyección a futuro para discutir un verdadero marco fiscal que le sirva a la provincia”.
“No se trata de modificar, ni de aumentar y bajar impuestos, sino de atacar la evasión de impuestos, que se encuentran hoy encima del 43%”, explicó Infante, y agregó que para ello, es que se ha creado la agencia de recaudación tributaria.
Además, señaló que la suba en los Impuestos de Ingresos Brutos afecta directamente a todos los consumidores y no ayuda al crecimiento económico de la provincia.
Desde el interbloque Confederación Popular (Unidad Popular y Peronismo Federal), Patricia Gutiérrez, expresó que van a acompañar con su voto afirmativo el proyecto y aclaró que junto a los bloques minoritarios, han elaborado modificaciones a la iniciativa del Poder Ejecutivo. Consideró la legisladora que existe un “aumento indiscriminado e injustificado”. Es por ello que el trabajo realizado apunta a la reducción de alícuotas e impuestos de ciertos sectores, en especial, en Ingresos Brutos.
“Es nuestro proyecto impositivo, por las modificaciones que hemos incluido en la propuesta oficialista. Vamos a apoyar la forma en que se han aportado las modificaciones propuestas por este bloque”, aclaró Gutiérrez.
Al momento de tomar la palabra, Néstor Piedrafita (Nuevo Encuentro), adelantó su apoyo al proyecto venido desde el Ejecutivo, por considerar que “la ley tiene mayores criterios de justicia, ya que busca que aporten más lo que tienen mayor posibilidad de pago. Significa un beneficio para Mendoza”.
Además, expresó que “ve novedoso el sistema de premios y castigos para los contribuyentes, ya que normalmente se beneficia a los morosos”, es decir “quien esté al día, tendrá un descuento”.
Piedrafita, basándose en estudios económicos y estadísticos no oficiales, destacó que “en comparación con otras provincias, Mendoza ha mejorado en la recaudación. Esto se refleja en los índices sociales de Mendoza, en los que desde el 2003 al 2011, la pobreza bajó del 54% al 7,6% y la indigencia, del 25% al 1.8%. En consecuencia esta es una ley clara para que tribute más el que tiene más”.

Algunos detalles de la iniciativa sancionada.

IMPUESTO INMOBILIARIO:

Se simplifica la estructura de cálculo del impuesto, estableciendo la suma entre un importe fijo y la alícuota por el avalúo fiscal.

Se establecen límites superiores de incrementos para todas las parcelas, a través de un sistema progresivo teniendo en cuenta su avalúo fiscal.

Se actualiza la aplicación de un coeficiente sobre los haberes de jubilados y pensionados, a efectos de acceder al beneficio de exención del impuesto previsto en el Código Fiscal, ello a fin de contemplar las realidades económicas y previsionales.

Se mantiene la exigencia de tener regularizada la deuda en el impuesto para acceder a una exención parcial a los contribuyentes que tienen inmuebles destinados al turismo.

Los contribuyentes que no presenten deuda no tendrán aumento de impuestos para el 2013. Por los beneficios que se incorporan en el proyecto, el contribuyente que esté al día tanto en el impuesto Automotor como en el Inmobiliario, no le impactará el incremento.

Se segmentaron incrementos de acuerdo al avalúo fiscal de cada propiedad

Aumentan 10% las propiedades menores a 75 mil pesos
Aumentan 20% las propiedades entre 75 mil y 200 mil pesos
Aumentan 30% las propiedades mayores a 200 mil pesos
Cabe aclarar que el avalúo fiscal representa entre un 15% a un 25% del valor de mercado.


Se segmentaron incrementos de acuerdo al avalúo fiscal de cada propiedad

Aumentan 10% las propiedades menores a 75 mil pesos
Aumentan 20% las propiedades entre 75 mil y 200 mil pesos
Aumentan 30% las propiedades mayores a 200 mil pesos
Cabe aclarar que el avalúo fiscal representa entre un 15% a un 25% del valor de mercado.

IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES:


A la composición de las tablas se incorpora el modelo 2.013 y se elimina el modelo 1.995 que pasa a tributar impuesto fijo.

Se implementa un sistema progresivo en donde aquellos automotores que poseen mayores valuaciones tributaran un importe mayor.

Se segmentaron los incrementos de acuerdo al valor de mercado de cada vehículo:

No aumentan los vehículos con valor menor a 50 mil pesos.
Aumentan 10% los vehículos entre 50.001 y 150 mil pesos.
Aumentan 20% los vehículos entre 150.001 y 250 mil pesos.
Aumentan 30% los vehículos mayores a 250.001 pesos

- Se establece un impuesto fijo de 120 pesos para los automotores del Grupo I, cuyo año modelo está comprendido entre los años 1.980 y 1.995, inclusive, y que su peso sea igual o inferior a 800 kilos.

Un impuesto fijo de 150 pesos para los automotores del Grupo I, cuyo año modelo está comprendido entre los años 1.980 y 1.995, inclusive, y su peso sea superior a 800 kilos.

Régimen simplificado de Ingresos Brutos

- Para todos los contribuyentes que desarrollen actividades enunciadas en los rubros de la Planilla Analítica de Alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejercidas por personas físicas y sociedades de hecho exclusivamente, salvo las que se indican a continuación: Rubro 1 Agricultura, caza, silvicultura y pesca y Rubro 10 Comunicaciones, Rubro 11 Establecimientos y servicios financieros y 12 Seguros, abonarán un importe mensual de acuerdo a la categoría vigente en el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes de la Ley Nacional N° 25.865. La tabla de importes correspondientes a cada categoría es la siguiente:

Categoría Facturación Anual Importe por Mes
B De $ 0 a $ 36.000 $ 120,00
C De $ 36.001 a $ 48.000 $ 160,00
D De $ 48.001 a $ 72.000 $ 240,00
E De $ 72.001 a $ 96.000 $ 320,00
F De $ 96.001 a $ 120.000 $ 400,00
G De $ 120.001 a $ 144.000 $ 480,00
H De $ 144.001 a $ 200.000 $ 667,00
I De $ 200.001 a $ 235.000 $ 940,00
J De $ 235.001 a $ 270.000 $ 1080,00
K De $ 270.001 a $ 300.000 $ 1200,00




Aquellos contribuyentes, no comprendidos en el presente régimen deberán efectuar sus declaraciones juradas mensuales con los aplicativos que determine la Dirección General de Rentas. Igual tratamiento se aplicará, previa autorización de la Dirección General de Rentas, a los que, correspondiéndoles el Régimen Simplificado opten por realizar el ingreso del tributo por presentación de declaración jurada. Hasta tanto seguirá vigente el sistema de Impuesto Prefacturado establecido en la Ley Impositiva N° 8.398 del año 2012 con los siguientes montos a pagar:

Base Imponible Anual Estimada Importe Prefacturado (mensual)
De $ 0 a $ 36.000 $ 120,00
De $ 36.001 a $ 48.000 $ 160,00
De $ 48.001 a $ 72.000 $ 240,00
De $ 72.001 a $ 96.000 $ 320,00
De $ 96.001 a $ 120.000 $ 400,00
De $ 120.001 a $ 144.000 $ 480,00

- El sistema de Impuesto Prefacturado contemplado no regirá para aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales por el ejercicio 2012 superen los $144.000, quienes deberán efectuar sus declaraciones juradas mensuales con los aplicativos que determine la Dirección General de Rentas

TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS:

Se ha adecuado la descripción de los mismos y la magnitud de la retribución que corresponde por su prestación.

Entre otros conceptos, se pagará:

- Por cada testimonio de acta de nacimiento, defunción o matrimonio tomados de los Libros Registro de cualquier año 35,00

- Por cada Libreta de Familia. 120,00
- Por cada inscripción de sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio 100,00
- Por cada trascripción de actas de nacimiento o defunciones labradas en otras provincias 100,00
- Por cada solicitud de rectificación de partida, en sede administrativa. 50,00
ENTRADAS AL JARDÍN ZOOLÓGICO
1. TARIFA NORMAL
Para público en general:
- Mayores: desde 13 años cumplidos en adelante 25,00
- Menores: desde 3 años hasta 12 años inclusive 10,00
- Menores hasta 3 años Sin cargo
- Grupo familiar (hasta 2 mayores y 2 menores) 45,00
- Jubilados y pensionados (nacionales o provinciales): 5,00
- Discapacitados y un acompañante Sin cargo

MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL:

Se propone combatir la evasión impositiva y reducir la morosidad. Las modificaciones tienden a favorecer aspectos vinculados con la realidad económica, técnica – jurídica y operativa que permita un mejor control de las obligaciones y de los obligados fiscales.

Se proponen modificaciones al procedimiento de clausura, para agilizar las etapas administrativas y recursivas.


Con el fin de mejorar el marco legal en los procedimientos de vehículos de extraña jurisdicción, se actualiza la normativa, permitiendo cobrar el impuesto y multa en el año corriente a pesar de que esté radicado en otra provincia deduciendo el pago del impuesto que hubiera efectuado en otra jurisdicción.

En las condiciones para acceder a la Tasa Cero, se agrega el requisito de no poseer multa o clausura previa, estar al día en Irrigación y presentar la declaración jurada anual del ejercicio.


Se crea la constancia de cumplimiento fiscal, que informa el estado de deuda del contribuyente con el objetivo que todas las reparticiones del gobierno antes de emitir pagos a proveedores exijan estar al día en los impuestos provinciales.

Entre otros conceptos: se establece un sistema de retención de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, vencidos e impagos, cuando el sujeto pasivo sea funcionario del Poder Ejecutivo, entidades centralizadas, descentralizadas y/o autárquicas, miembro del Poder Legislativo o del Poder Judicial, miembro de los demás órganos constitucionales -extrapoder- o de otros organismos creados por ley y de los Municipios, el cual se practicará sobre los haberes que devengue el ejercicio de dichas funciones.
Deberá notificarse expresamente a los funcionarios deudores antes de proceder al cobro previsto precedentemente.
La Contaduría General de la provincia o el organismo que efectúe la liquidación de haberes deberá solicitar semestralmente la información a la Dirección General de Rentas.
Además, se instrumentará un sistema de información pública sobre la situación fiscal que mantengan los contribuyentes sobre los impuestos provinciales, a través de medios masivos, páginas web, vía pública, en los bienes propios de los contribuyentes o cualquier otro medio.

DISPOSICIONES GENERALES:


Se actualiza y explicita la política de premios y castigos beneficiando a los contribuyentes que no posean deudas en el año 2.012 y efectúen el pago en término de los Impuestos Patrimoniales en el año 2.013.

Prensa Diciembre 14 - Media sanción de Diputados a la Ley Impositiva

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