Violencia Escolar

Media sanción para el proyecto que modifica el Código de Faltas

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de los diputados Ricardo Puga (M/C), Jesús Riesco (PD) y Tadeo García Zalazar (UCR) y remitido por el Poder Ejecutivo, por el cual se modifica el Código de Faltas. Por mayoría fue sancionada con los votos favorables del PJ, UCR, PD, Nuevo Encuentro y Leandro Alem, Daniel Cassia del Peronismo Federal votó negativamente.
El objetivo de la norma es garantizar que la Escuela, como institución, sea un espacio armónico para el desarrollo de la enseñanza y el aprendizaje en la provincia, reconociendo la autoridad que tiene los agentes de la educación en el ejercicio de sus funciones y reforzando el respeto debido entre todos los miembros de la comunidad educativa, para lograr garantizar el derecho la educación.
El ámbito de aplicación de la norma será para todos los entes de gestión de educación estatal y privada en todos los niveles y modalidades.
En cuanto al alcance de la ley es para todos los docentes titulares o remplazante, todas las jerarquías dentro de la estructura funcional de la Dirección General de Escuelas, los educandos de todos los niveles y la familia.
Están comprendidas en esta norma todas las conductas que amenacen, turben o menoscaben la libertad, la dignidad, integridad física, psicológica, sexual y patrimonial, tanto en el espacio de un establecimiento escolar como fuera del mismo y sea manifieste en lugares públicos, abierto al público o expuestos al público. Quedan también comprendidas las perpetradas desde el estado por sus agentes, siempre que no constituyan una falta mayor o delito tipificado en el Código penal.
El artículo 43 del Código de Faltas modificado quedó redactado de la siguiente manera: “el que, en lugar público y privado abierto al público, ofendiere en formar personal y directa con burlas, mofas, palabras, señas o actos a un uncionario público en razón de su cargo y siempre que el hecho no constituya delito, será castigado con arresto hasta tres días o con multas hasta 10 días multas. Si el ofendido fuere miembro de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, nacionales o provinciales, del Tribunal de Cuentas o representantes del Cuerpo Diplomático o Consular nacional o extranjero de un Estado amigo, o personal docente o no docente con desempeño en establecimientos educativos de gestión estatal o privada la pena podrá ser aumentada hasta treinta días de arresto y la multa de hasta treinta días multa”.

En tanto el artículo 43 bis indica que “El padre, tutor, curador de una persona que asista a un establecimiento escolar de gestión estatal o privada que realizare las conductas enunciadas en el primer párrafo del artículo 43, contra un trabajador de la educación, sea docente o no docente, o a un funcionario de la Dirección General de Escuelas, con motivo del cumplimiento de sus tareas, será castigado siempre que el hecho no constituye un delito o una infracción más grave, prevista en este Código, con arresto hasta 60 días o multas hasta 40 días multa”.
La norma también prevé ñ en el artículo 125 del Código de Faltas que4 “aquellos padres, tutores, o curadores de menores de edad que, de manera reiterada e injustificada, omitieren cumplir los compromisos asumidos con los establecimientos educativos, el horario de ingreso a clases y retiro de los menores luego de finalizado el horario escolar, la concurrencia a citaciones efectuados por escrito por las autoridades escolares correspondientes, que las cuales estuvieren obligados en el ejercicio de su deber de guarda, serán sancionados si el hecho no constituye una infracción más grave, con arresto de hasta 5 días y con multas de hasta 20 días multa. Las autoridades del establecimiento escolar deberán dar intervención a los organismos públicos de protección de derecho que correspondan cuando los incumplimientos aludidos pongan en peligro la integridad y seguridad psicofísica de los menores”.

DEBATE


Silvia Ramos, presidenta del Bloque Justicialista expresó que “la realidad actual nos muestra situaciones problemáticas, de las cuales la escuela no es ajena, ya que son el reflejo de la sociedad. Se busca brindar una herramienta legislativa que permita fortalecer el funcionamiento del sistema educativo”.
Además la legisladora, destacó que la propuesta fue trabajada de manera mancomunada con los legisladores de distintos bloques, y con los diversos actores de la sociedad involucrados en la temática.
Finalmente, se refirió al proyecto de ley que presentó en el Congreso Nacional, el diputado Omar Félix (FPV), que busca modificar el código de faltas, para agravar las penas a los que cometen delitos contra docentes, médicos y auxiliares, personas mayores de 65 años y menores de 16, y personas con discapacidad.
Tadeo García Zalazar (UCR), presidente de la Comisión de Educación, puso en valor el trabajo realizado por la Comisión y por todos los legisladores de diferentes bancadas que han brindado aportes a la iniciativa.
Asimismo señaló que “se pretende que la escuela como institución, sea un espacio armónico y se respete al docente en su labor y a los actores de la comunidad educativa”.
También remarcó, “hay que acompañar al docente como sujeto de derecho, y para ello se establece asesoramiento legal para los educadores”.
Por su parte el diputado Jesús Riesco (PD) uno de los coautores del proyecto agradeció el trabajo consensuado desde todos los bloques pero destacó que “estamos legislando por una problemática que existe en los establecimientos educacionales y eso no produce alegría, sólo la responsabilidad de todos de aportar ideas para que la educación de la provincia mejore día a día”
En tanto el diputado Néstor Piedrafita (Nuevo Encuentro) también destacó la tarea integral de todos los sectores políticos y del gobierno para arribar a este proyecto, a su vez indicó que “no hay que naturalizar, ni dramatizar estos temas, existe una responsabilidad por parte del estado, pero es más grande la responsabilidad de la sociedad”. Sostuvo el legislador que “no tengo una visión catastrófica de la educación, no creo que la educación tenga un alto índice de agresión”.
Finalmente el diputado Daniel Cassia (Peronismo Federal) fundamentó su voto negativo a esta norma por considerar que “para todas estas circunstancias que suceden en los establecimientos educacionales como agresiones, menoscabo, presiones, etc., están contempladas en el Código Penal, con penas y multas más graves que las que están establecidas en esta norma que modifica el Código de Faltas. No debemos sustituir sanciones y condenas, con penas más leves, no es la forma de proteger a los docentes”.
Durante el debate también hicieron uso de la palabra los diputados Aníbal Ríos (PD) y Lorena Saponara (PJ).

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