La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de autoría de Patricia Gutiérrez (UP) por el cual se modifica la ley que regula en Mendoza el servicio de
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De esta manera se modificó la denominación del Capítulo III de la Ley 6.082 por la: del servicio de taxis y remises y se modificaron los artículos 173, 175, 176, 179, 180, 181, 182, 183,184 y 184 bis.
Con estos cambios se define el servicio de taxis y remises, dejando al Poder Ejecutivo la reglamentación del mismo de acuerdo con las siguientes pautas: a) prestación del servicio, b) preservación del medio ambiente, c) adecuado uso del espacio vial y d) sostenimiento de una adecuada oferta del servicio. Se especifica en la Ley que los permisos de explotación de los servicios de taxis y remises sólo podrán otorgarse por concurso de oferentes o licitación pública, exceptuándose a los actuales permisionarios que hayan cumplido regularmente el servicio.
Para que esta última disposición se haga efectiva deberán encontrase libre de deudas de tasas y multas de cualquier jurisdicción y regularizado en las obligaciones emergentes de las relaciones del derecho laboral y de la seguridad social.
En tanto la ley se ocupa también de las condiciones de explotación de los servicios de taxis y remises y de las obligaciones de los permisionarios y las causales de revocación del servicio, como así los requisitos que deben cumplimentar las distintas unidades afectadas a este servicio.
Prensa 06 de Noviembre de 2013