Seguridad

Buscan prohibir parcialmente el uso, fabricación y venta de pirotecnia

La Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa de Tadeo García Zalazar (UCR), por la cual se prohíbe parcialmente la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación para uso particular y expendio público de artificios de pirotecnia y cohetería en la provincia de Mendoza.
La norma excluye de la prohibición, a los artificios pirotécnicos que sean destinados a señales de auxilio, emergencias, uso de las Fuerzas armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil, y los de uso profesional; como también los que sólo produzcan efectos lumínicos.
Asimismo, se instituye una modificación en el artículo 125 ter del Código de Faltas de la Provincia, que establece que el que expenda o venda al público general, bajo cualquier modalidad de contratación pirotecnia o cohetería de uso prohibido, será pasible de 7 días de arresto, pago del importe equivalente a 15 días multa, decomiso de la pirotecnia que se encuentre en su poder, y clausura del establecimiento de hasta 180 días. Si estos actos se hicieran con pirotecnia clandestina, el infractor será pasible del triple de las sanciones dispuestas, más el decomiso y la clausura.
Además se busca incorporar al Código de faltas los artículos 125 Penta y sexties que aplican al que accionare y/o utilizara artefactos de pirotecnias de uso prohibido, de 5 a 10 días multa y decomiso de lo que tuviera en su poder. Si el infractor fuera reincidente, se duplicarán las sanciones.
El Ministerio de Seguridad, que será la autoridad de aplicación, realizará campañas de difusión con el objeto de concientizar a la población sobre la necesidad de evitar riesgos derivados del uso de la pirotecnia.
 





Prensa Noviembre 27

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