Geriatría

Se crea el programa Provincial de Capacitación de acompañantes domiciliarios para adultos mayores

La Cámara de Diputados otorgó sanción inicial a un proyecto de la diputada Silvia Ramos (PJ) por el que se crea el Programa Provincial destinado a capacitar a los acompañantes domiciliarios para adultos mayores en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos de la provincia de Mendoza.
La iniciativa manifiesta como objetivos: Promover la profesionalización del acompañante de adultos mayores; garantizar la disponibilidad de profesionales e idóneos de acuerdo a los requerimientos; contribuir a la ampliación de los derechos de los adultos mayores facilitándoles accesibilidad a un servicio profesional que mejore su autonomía y potenciar la participación de todas las personas que desempeñan esta función obteniendo una habilitación certificada por un organismo competente.
Del mismo modo, la media sanción establece que el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos será la autoridad responsable de la implementación, seguimiento y evaluación del programa de coordinación con organismos centralizados y descentralizados competentes a fin de satisfacer las demandas en toda la provincia.
Finalmente, la capacitación mencionada también podrá ser incluida en las obras sociales provinciales, tanto públicas como privadas, para garantizar la profesionalización del acompañante domiciliario y la ampliación del servicio por parte de las mismas. También el Ministerio de Desarrollo podrá suscribir convenios con organismos competentes, tanto públicos como privados, para la concreción de la actualización del programa, el que será difundido periódicamente.

Regulación

Durante la Sesión de Tablas, también se otorgó media sanción a una iniciativa de Ramos que regula el programa mencionado.
Esta media sanción explica que tiene por objeto “regular en el ámbito de la provincia de Mendoza la actividad profesional del acompañante domiciliario o acompañante formal de adultos mayores”. Se entiende, en la norma, por acompañante domiciliario a todo agente cuya función sea asistir específicamente en el área de la atención, asistencia y cuidado de las personas. Su labor consiste principalmente en acompañar al adulto mayor en su cotidianeidad con el fin de mejorar la calidad de vida, preservar su autonomía y mantener los vínculos sociales.
Los requisitos solicitados a los acompañantes domiciliarios serán: estar inscripto/a en el Registro, ser mayor de edad, acreditar capacitación específica extendida por organismos competentes y presentar referencias laborales en el caso de no tener capacitación.
Será el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos quien sistematice la información y controle el ejercicio de esta tarea. Del mismo modo, el organismo podrá suscribir convenios con otros organismos para dar cumplimento a los requerimientos.
La iniciativa establece además prohibiciones para los acompañantes domiciliarios: Prescribir, administrar o aplicar medicamentos sin la correspondiente orden médica; delegar la atención de las personas asistidas a alguna persona auxiliar no habilitada y/o anunciar actividades laborales como acompañante domiciliario sin demostrar estar inscripto en el registro de acompañantes domiciliarios. Se aplicarán sanciones a quienes no cumplan o violen las disposiciones expresadas.
Finalmente, expresa la media sanción que cada inscripto poseerá un legajo en el que se incorporarán las referencias de los usuarios prestatarios del servicio, ese informe será público y se podrá acceder a él a través del sitio web del Ministerio.


Prensa Febrero 5

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