Establecimientos de salud pública

Será obligatorio informar nombres,
horario y días de los profesionales


La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado Claudio Díaz (PJ), que establece que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, deberá arbitrar, los mecanismos necesarios para publicar en lugares visibles a todo público, quienes son los profesionales de la Salud que prestan servicio en los distintos establecimientos de salud públicos dependientes de la Provincia (hospitales, centros de salud, postas sanitarias, etc.) que se encuentran en la actualidad prestando servicio al Estado.
Dichos mecanismos también deberán indicar los agentes sanitarios que atiendan en cada centro sanitario detallando la especialidad de cada uno, días y horarios de atención, posibilitando la elección del profesional.
Además, cada establecimiento deberá tener junto al listado de profesionales, un libro de quejas foliado y rubricado por el Ministerio de Salud o de quién éste indique; debiendo seguir el mismo procedimiento en todas las guardias.
La referida información deberá exhibirse en lugar visible y de acceso que sea visible a cualquier persona que desee informarse..
En caso de incumplimiento de esta norma los responsables incurrirán en la figura incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Asimismo, la norma invita a los municipios a adherir a la presente normativa y establece que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la siguiente norma en un término no superior a los 30 días a partir de la promulgación de la misma.


Prensa 5 de febrero
 

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