Homologación

Ratifican 11 actas paritarias con la incorporación de un artículo, en la mayoría de ellas, de tope salarial

La Cámara de Diputados dio media sanción a la ratificación de decretos de homologación de once actas paritarias, 8 de ellas con la incorporación de un artículo en el que se establece como tope salarial, el sueldo del gobernador de la provincia.
La redacción incorporada como artículo 2, dice textualmente que “La ratificación dispuesta por el artículo anterior se efectúa sin perjuicio de lo establecido en el artículo 74 de la Ley 5811. Los responsables de confeccionar y autorizar las correspondientes liquidaciones con las nuevas escalas salariales, aplicarán lo determinado en esa norma y demás legislación vigente”.
Cabe aclarar que el artículo 74 de la Ley 5811, establece: “Ningún funcionario de la Administración Pública Central, reparticiones centralizadas y autárquicas, cuentas especiales y empresas y sociedades del Estado, así como los Intendentes, podrán percibir una remuneración superior a la que se fije para el Gobernador de la Provincia”.
La incorporación del tope salarial dispuesto, fue aprobada por mayoría con el voto del FPV, la UCR y el PD, en tanto que fue rechazada por los bloques del FIT y del Frente Renovador, desde donde hicieron referencia al “respeto” de los ámbitos paritarios, proponiendo una redacción distinta.
Las actas paritarias homologadas con el agregado del tope salarial, hacen referencia a:

- La incorporación a planta permanente del Estado, a los trabajadores que se desempeñan en la modalidad de convenio en la Dirección de Defensa del Consumidor.

- Recategorización del personal de la Dirección de Informática Poder Judicial y respecto al incremento del 25% sobre el monto abonado a los trabajadores contratados.

- Estableciendo la vigencia a partir del salario de enero de 2014, del adicional Mayor Horario Extendido y/o Mayor Horario Especial u otro similar - acta suscripta por la Dirección de Control y Relaciones Laborales, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central y el Ministerio de Salud -.

- Arribando a un acuerdo en relación a los profesionales de la salud que se encuentran en el régimen 27 y demás – acta suscripta entre representantes de la Dirección de Relaciones Laborales y Control, AMPROS y la DGE -.

- Acordando un incremento salarial a los trabajadores de los regímenes salariales 15, 27 y 33 – acta rubricada por el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección de Relaciones Laborales y Control, AMPROS, ATE, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central y los Ministerios de Trabajo, Justicia y Gobierno; Desarrollo Social y Derechos Humanos, y de Salud -.

- Otorgando incremento salarial – acta suscripta por el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, representantes de UPCN, ATE, SITEA, la Dirección de Control y Relaciones Laborales, representantes del Cuerpo Paritario Central y del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno -.

- Arribando a acuerdos colectivos sobre personal, incremento salarial para docentes y celadores, indumentaria, asignaciones familiares, sistema educativo, compromiso de incremento salarial y contribuciones solidarias – acta acuerdo celebrada en el ámbito de la III Negociación Colectiva de los Trabajadores de la Educación -.

- Convenio Colectivo de Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social – acta suscripta por el organismo, ATE, UPCN y el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno -.

En tanto, aquellas a las que no se le incorporó el artículo 2 mencionado, son:
- La ratificación del Acta Acuerdo del 31/7/13, suscripta por la Dirección de Control y Relaciones Laborales, ATE, AMPROS, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y la Obra Social de Empleados Públicos, en la que las partes convienen el pase a planta permanente efectiva para los trabajadores de los regímenes 15, 27 y 33 que se encuentren prestando servicio bajo la modalidad de contratados de locación o cualquiera otra.

- Acta acuerdo relacionada con multa impuesta por resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social y acta de infracción contra AMPROS.

- Declarando el día 27 de setiembre como no laborable para todo el personal que presta servicio en el Ministerio de Turismo, en virtud de celebrarse el “Día Internacional del Turismo”, quedando excluidos de la conmemoración del “Día del Empleado Público”.


Prensa junio 25

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