Retiro policías

Incorporan cambios en Régimen de Retiros y Pensiones del personal policial y penitenciario

La Cámara de Diputados dio sanción final a un proyecto de ley venido en revisión del Senado por el cual se incorporan cambios en el Régimen de Retiros y Pensiones del personal policial y penitenciario.
La normativa, dispone sustituir e incorporar diversos artículos del Decreto Ley 4176/77 – Régimen Previsional de la Policía de Mendoza, entre los que se incluyen aspectos tales como quiénes se encuentran comprendidos en los alcances de este Régimen.
Además, establece disposiciones sobre el personal que quedare incapacitado para continuar en actividad respecto al haber de retiro, de igual manera que en lo concerniente al personal que fuera declarado “inepto física o profesionalmente”.
También prevé los casos de baja obligatoria del servicio sin pérdida del derecho de retiro, indicando que “es facultad del interesado optar por el retiro voluntario u obligatorio, el que le resultare más beneficioso, en los casos en que reúna los requisitos para acceder a ambos beneficios”.
Por otra parte, entre otros, incluye aspectos relacionados al haber anual complementario; anticipos mensuales a cuenta; composición de la remuneración; suplementos mensuales; y un adicional general por función fuerzas de seguridad que tiene por finalidad “compensar a todo el personal comprendido en la presente, sin distinción de cuerpos ni jerarquías, por los deberes que debe cumplir con el Estado y la población de la Provincia de Mendoza, y será equivalente al diez por ciento (10%) de la asignación de clase y de cada uno de los adicionales particulares y suplementos mensuales contemplados en los artículos 285 y 286, que en cada caso particular integren la retribución mensual del personal”.
“El presente adicional entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2014 para todo el personal comprendido en la presente ley, tanto en actividad como beneficiarios del régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y Penitenciario de la Provincia de Mendoza, de conformidad con las pautas de movilidad previstas en el artículo 11 del Decreto-Ley Nº 4176/77 y sus modificatorias”, dice textualmente la ley aprobada por la Cámara Baja.
Según señalan los fundamentos de la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo, el objetivo de esta ley es “la modificación de la legislación vigente y reglar situaciones no normadas” en materias como “Régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y Penitenciario”; “Otorgamiento de Anticipos Mensuales a cuenta de prestación al Personal Policial y Penitenciario y sus causahabientes que tramitan beneficios previsionales” comprendidos en este Régimen; “Incorporación de los beneficiarios del Régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y Penitenciario al Régimen Provincial de Asignaciones Familiares”, y “Regímenes Salarial del Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza”.


Prensa julio 30

Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704