Seguridad

Ratifican decreto que otorga incremento salarial para policías y penitenciarios

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto del Poder Ejecutivo, venido en revisión del Senado, por el cual se ratifican varios artículos del Decreto 782, que modifica a la ley 6722, que regula Cuerpo Policiales y de la ley 7493 del Régimen Personal Penitenciario.
Mediante la sanción se ratifican varios artículos del Decreto Nº 782, que establece un incremento salarial para el personal Policial y del Servicio Penitenciario, trasladable a los beneficiarios de retiros y pensiones.
Con respecto al adicional por Recargo de Servicio se abonará a todo el personal policial y personal policial administrativo, a fin de compensar la mayor carga horaria que debiere cumplir por razones de servicio en exceso a sus respectivas jornadas de trabajo; consistirá en el importe que resultare de aplicar el coeficiente de sesenta y seis por ciento (66%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.
Como también el adicional “Convocado”, radicará en el importe que resultare de aplicar el coeficiente de cincuenta y siete por ciento (57%) sobre la asignación de la clase del Cargo del Jefe de la Policía para las jerarquías de Comisario, Comisario Inspector y Comisario General, y de treinta y nueve con treinta centésimos por ciento (39,30%) sobre la asignación de la clase del Cargo del Jefe de la Policía para el personal convocado de las restantes jerarquías.
El adicional por Recargo de Servicio, que se abonará a todo el personal penitenciario, consistirá en el importe que resultare de aplicar el coeficiente de cincuenta y cinco con cinco centésimos por ciento (55,05%) sobre la asignación de la clase del Cargo de Jefe de la Policía, para el personal perteneciente al escalafón Cuerpo de Seguridad. Y para el personal perteneciente al escalafón Cuerpo Profesional y Administrativo, consistirá en el importe que resultare de aplicar el coeficiente de cuarenta y tres con veinticinco centésimos por ciento (43,25%) sobre la asignación de la clase del Cargo de Jefe de la Policía.
Asimismo, el adicional por Responsabilidad Policial Jerárquica, se abonará a los Oficiales Superiores P.P (ex Cuerpo Comando) y Comisarios P.P (ex Cuerpo Comando), conforme la siguiente escala:

“Comisarios: Equivalente al sesenta y seis con treinta y nueve centésimos por ciento (66,39%) sobre la Asignación de la Clase del cargo de Jefe de la Policía.

Comisarios Inspectores: Equivalente al setenta y seis con sesenta centésimos por ciento (76,60%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.

Comisarios Generales: Equivalente al ochenta y seis con noventa y cinco centésimos por ciento (86,95%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.”

Igualmente, el adicional por mayor responsabilidad penitenciaria, se abonará a los Oficiales que cumplan en forma normal, habitual y permanente, funciones de conducción en el ámbito del Servicio Penitenciario Provincial, conforme a la siguiente escala:

“Director General: Equivalente al ochenta y seis con noventa y cinco centésimos por ciento (86,95%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.

Subdirector General: Equivalente al setenta y seis con sesenta centésimos por ciento (76,60%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.

Directores de Complejos: Equivalente al sesenta y seis con treinta y nueve centésimos por ciento (66,39%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.

Subdirectores de Complejos, Coordinadores de la Dirección General, Secretario General de la Dirección General, Jefe del Departamento Legal y Técnico de la Dirección General, Directores de Unidad, Director del Instituto de Formación Penitenciaria, Defensor del Personal Penitenciario: Equivalente al cincuenta y seis por ciento (56%) sobre la Asignación de la Clase del cargo de Jefe de la Policía.

Jefes de Alcaidía, Subdirectores de Unidades, Jefes de Departamentos de Complejos, Jefe de Área Salud de la Dirección General, Jefe de Área de Obras e Infraestructura de la Dirección General, Director Técnico de Farmacia: Equivalente al cuarenta por ciento (40%) sobre la Asignación de la Clase del cargo de Jefe de la Policía.”



Prensa Julio 30

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