Disponibilidad de bienes judicializados para entidades estatales
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado Juan Dávila (FPV), mediante el cual de modifica el inciso A del articulo 9º de la Ley 6816, que se refiere
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley del diputado Juan Dávila (FPV), mediante el cual de modifica el inciso A del articulo 9º de la Ley 6816, que se refiere
a la custodia, disposición y destino de los bienes producto del secuestro de competencia de la ju
sticia provincial, que hayan sido utilizados para tentar o consumar un delito o que resulten producto de una obra delictiva.
El mismo quedará redactado de la siguiente manera: “Previo al remate y según la posibilidad de los vehículos y demás bienes registrables, que tengan una antigüedad de cinco años, se le hará
El mismo quedará redactado de la siguiente manera: “Previo al remate y según la posibilidad de los vehículos y demás bienes registrables, que tengan una antigüedad de cinco años, se le hará
saber al Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y los Municipios de la existencia de aquellos, a fin de que se le conceda su entrega individualizada e inventariada, para el uso oficial exclusivo de los mismos.