Autorizan a constituir Centros de Estudiantes en establecimientos de la Dirección General de Escuelas
Diputados dio media sanción a un proyecto por el cual se autoriza y promueve la constitución y funcionamiento de organismos de representación estudiantil, bajo la forma de un único Centro de Estudiantes en cada uno de los establecimientos de Enseñanza de nivel secundario y/o terciario, dependientes de la Dirección General de Escuelas de la Provincia.
La iniciativa corresponde a los diputados Carlos Ciurca (PJ), Yolanda Sfreddo (PJ) y Raúl Vicchi (UCR)
El Centro de Estudiantes surgirá como iniciativa de los alumnos de cada establecimiento y tendrá garantizados su integración y derechos asociativos en el marco de su respectiva unidad escolar, con fidelidad a los principios que emanan de las Constitución Nacional y Provincial de Mendoza y en concordancia con el proyecto institucional.
Tendrán como objetivos:
- Garantizar la participación estudiantil en cuestiones que sean de su preocupación.
- Contribuir al desarrollo de una cultura política pluralista donde el debate de las cuestiones de la esfera pública esté directamente relacionada con la búsqueda de consenso y la armonización de las diferencias a través de la discusión y deliberación.
- Apelar a la responsabilidad de los alumnos y a sus capacidades para darse sus propias formas de organización y representación.
- Desterrar todo hábito de aislamiento, discriminación y comodidad delegativa, fomentando la participación protagónica de los alumnos en pos de la consecución de los ideales libertarios, de igualdad de solidaridad y de justicia.
- Familiarizar a los jóvenes con los principios de republicanismo cívico, la democracia constitucional y las formas de asociativismo.
- Comprometer al conjunto de la comunidad educativa en la discusión de los temas que le conciernen y de aquellos que hacen a la sociedad en su conjunto.
Se faculta a los Centros de Estudiantes a darse su propio estatuto conforme al principio de representación proporcional respetando las siguientes forma: elección por lista con fórmula de presidente y vice, siendo las demás secretarías y cargos restantes designados proporcionalmente por el sistema D’HONT, conforme a la aplicación de los procedimientos democráticos que surgen del espíritu de las Constituciones Nacional y Provincial.
Podrán participar del Centro de Estudiantes todas aquellas personas que acrediten ser estudiantes del establecimiento como único requisito. La Dirección del establecimiento arbitrará las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los Centros en un espacio físico determinado a tal efecto y permanente dentro de las posibilidades de la institución y sin afectar su funcionamiento. Esta ley será exhibida adecuada y permanentemente en todos los establecimientos de nivel medio y/o terciario.