Quieren regular la circulación de bicicletas, bicicletas motorizadas y cuatriciclos al modificar la Ley de Tránsito


El diputado Néstor Majul (UCR) presentó un proyecto de ley modificando la Ley de Tránsito 6082, incorporando normas que regulen en forma integral la circulación de bicicletas, bicicletas motorizadas y cuatriciclos. Se pretende asegurar el tráfico de los mismos de manera segura, como alternativa de transporte legítimo, no contaminante y eficiente.
El legislador manifestó que se pondrá en debate la problemática del uso de esos medios que se está incentivando progresivamente, no sólo para el deporte y la recreación.
 Asistieron a la reunión el ministro de Transporte, Diego Martínez Palau; directores de Seguridad, de Transporte y de Tránsito de los municipios de Capital y Godoy Cruz y representantes de Voluntarios en Red, entre otros actores sociales directos relacionados con el tema.
Martínez Palau consideró que Mendoza se merece un profundo debate sobre la reforma integral de la Ley de Tránsito y no sólo realizar modificaciones parciales, para dar un tratamiento prioritario a seguridad vial.
 En los fundamentos de la iniciativa se consignan antecedentes del tema. “La ley nacional 25965 de 2004 introdujo a la ley nacional de Tránsito 24449 una serie de normas sobre la circulación de bicicletas. En ese sentido, en la última norma mencionada se invita a las Provincia a su adhesión pero Mendoza no lo hizo. Y, si bien la normativa vial es una materia no delegada por la Provincias a la Nación, es aconsejable seguir un sistema uniforme de tránsito que permita la homogeneidad y consonancia de todo el régimen de circulación en el país y por ello se ha tenido en cuenta en este proyecto el espíritu y el sentido de la legislación nacional”.
Se agrega que “también se ha considerado la regulación que el Código de Tránsito y Transporte de la ciudad autónoma de Buenos Aires hace sobre las bicicletas motorizadas o con motor, que la ley nacional no regula. En cuanto a los cuatriciclos se sigue lo dispuesto en la resolución 108/03 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería”.
 

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