Incorporarán la figura de violencia de género en las licencias de la administración pública

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa de la diputada Lorena Saponara (PJ-FPV), que tiene por objeto implementar una modificación al Régimen de Licencias para el Personal de la Administración Pública Provincial -Ley 5811-, en lo referido a incorporar en el apartado de licencias especiales, la figura de licencia por violencia de género.

La razón de este agregado apunta a “reconocer que la violencia de género no es una enfermedad, ni un asunto particular, es una problemática cultural creciente de desigualdad y poder en la que aun el Estado tiene huecos profundos por dar respuesta”, explican los fundamentos de la iniciativa.

Además, señala que “Si bien, contamos con legislación Nacional y Provincial que atañen a erradicar toda forma de violencia hacia la mujer, en virtud de normas y tratados internacionales con rango constitucional, aún hay que seguir trabajando en crear herramientas y mecanismos para proteger y brindar ayuda a las personas víctimas de este flagelo”.

De esta manera, se propone que se incorpore el inciso 11, al Artículo 50, de la Ley Provincial Nº 5811, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Por razón de Violencia de Género debidamente acreditada por autoridad competente, se otorgará la licencia correspondiente conforme a lo dispuesto por los profesionales que asistan a la víctima”.

Además, se solicita que se agregue al artículo 50 bis, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“En los casos en los que la empleada o empleado público, víctima de violencia de género deba ausentarse por tal motivo de su puesto de trabajo, esta inasistencia sea total o parcial, contará con la debida, justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas de tal flagelo, los que evaluarán las condiciones y tiempo de la referida licencia. Asimismo, el personal víctima de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho a ser asistido integralmente, tendrá derecho a la reducción de la jornada o a la reordenación del tiempo de trabajo o del lugar de origen del mismo, mediante la certificación pertinente acreditativa del hecho”.

Finalmente, el proyecto señala que existen diversos ejemplos de legislación similares como en la Provincia de Chubut o en países como España y Estados Unidos. 

 

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