Beneficio para hacedores culturales

La Cámara de Diputados convirtió en ley una iniciativa que otorga beneficios a hacedores culturales mendocinos en sus diversas ramas musicales con el objeto de otorgar pensiones honoríficas a compositores, autores e intérpretes de música.
El texto legislativo aprobado tiene los aportes del diputado Alejandro Viadana (PJ-FPV) y de Aldo Vinci (MC) junto a colaboraciones realizadas por la Cámara de Senadores; a su vez, el mismo, modifica la ley n° 7.643 referida a las pensiones para hacedores de cultura en Mendoza.
Contempla, la sanción definitiva, un Régimen de reconocimiento a la trayectoria de autores, compositores e intérpretes de música, a través de un sistema de pensiones honoríficas y que serán otorgadas a partir de la designación de un jurado.
El monto del beneficio a otorgar a los artistas seleccionados será equivalente a tres (3) veces el importe de la asignación de la Clase 13, monto básico, sin asignaciones, correspondiente al escalafón general contemplado en la Ley 5.126. Agrega que este beneficio será imputado a una cuenta especial de Rentas Generales del Presupuesto Anual y será liquidado y abonado por la Administración Central, entregándole su correspondiente bono a cada beneficiario. Asimismo, se actualizará el beneficio automáticamente de acuerdo a la paritaria correspondiente de la Administración Central.
En relación a las posibles incompatibilidades con otras pensiones, indica la ley que “los beneficios correspondientes al mérito artístico, serán compatibles con la percepción de jubilación, retiro o pensión nacional, provincial o municipal, siempre que estas últimas sean únicas y de haber mínimo. El beneficio se permitirá compartir con hasta una (1) jubilación”.
Sostiene, además, el artículo que “esta ley otorgará no más de cinco (5) beneficios por año”, de los cuales 3 serán para autores y compositores, y 2 para intérpretes musicales.

Finalmente, se expresa que se conformará anualmente un jurado con la finalidad de constituirse en órgano de consulta necesario para la concesión del beneficio. Este jurado estará integrado por un (1) representante del Ministerio de Cultura; un (1) representante de la Universidad Nacional de Cuyo; tres (3) representantes de los músicos, designados por S.A.D.A.Y.C.; un (1) representante por la Cámara de Diputados y uno (1) por la de Senadores.
Aquellas resoluciones que tome el jurado se adoptarán por simple mayoría y serán inapelables. En este sentido, en los meses de junio de cada año, el jurado se constituirá y publicará el llamado a la presentación de carpetas de antecedentes para los siguientes 30 días.
Al resolverse el otorgamiento del beneficio, se comunicará a los postulantes quien ha sido seleccionado.

 

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